Lérida
Los tribunales avalan la prohibición del burka en Lérida
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado al Ayuntamiento de Lleida y ha validado su decisión de prohibir el uso del velo islámico o "burka"y otras prendas que tapen el rostro en los equipamientos de titularidad municipal.
El tribunal desestima así el recurso que interpuso contra esta nueva normativa la asociación musulmana Watani, que a través de su abogado, Carles Antolí, ya ha anunciado que recurrirá la resolución judicial, según ha confirmado el letrado a Efe.
La sentencia, hecha pública hoy, establece que el consistorio es competente en materia sancionadora, por lo que reconoce su capacidad de multar a aquellas personas que, incumpliendo la normativa, accedan a espacios públicos con el rostro tapado.
El pasado año, Lleida se convirtió en la primera ciudad española en vetar la utilización del velo islámico en los edificios municipales, gracias a una modificación de la ordenanza local de civismo. La asociación Watani presentó entonces un recurso ante el TSJC y pidió que suspendiera de forma cautelar la ejecución de la ordenanza hasta que se resolviera dicho recurso.
La nueva normativa entró en vigor el 9 de diciembre, aunque poco después, el 17 de enero, el TSJC aceptó la petición del abogado de Watani y suspendió cautelarmente la aplicación de la prohibición, al considerar que su ejecución podría comportar perjuicios muy difíciles de reparar, en el caso de que se acabase estimando el recurso, para las personas a las que se les impida la entrada en los edificios públicos leridanos.
Finalmente, el TSJC ha apoyado la actuación de la Paeria, lo que permitirá que Lleida pueda sancionar por el uso del "burka"en los espacios públicos municipales.
El alcalde aplaude la decisión
El alcalde de la ciudad, el socialista Ángel Ros, ha aplaudido la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y ha destacado que se ha basado en sentencias del Tribunal Europeo de Defensa de los Derechos Humanos sobre la igualdad entre hombres y mujeres.
Ros, sonriente ante los medios de comunicación, ha explicado así la satisfacción que le producía la sentencia del TSJC que desestima el recurso de la asociación musulmana Watani y avala la prohibición del 'burka' y el 'niqab' y otras prendas que tapen el rostro en edificios municipales de Lleida.
El alcalde ha insistido en que la sentencia utiliza como antecedente jurídico sentencias y resoluciones del Tribunal Europeo de Defensa de los Derechos Humanos "dejando claro que el uso del burka llevado exclusivamente por mujeres resulta difícilmente conciliable con uno de los valores y principios irrenunciables de nuestra sociedad, obviamente este principio es el de igualdad hombre mujer", ha afirmado Ros.
Ros, que en las municipales de mayo revalidó su mayoría absoluta, ha añadido que la igualdad es un principio por el que "se ha luchado y luchamos a lo largo de años y siglos y obviamente ninguna práctica cultural puede conculcar"
"Es una sentencia importantísma desde el punto de vista jurídico y de práctica política sobre algo tan relevante como la integración de las diferentes culturas en nuestra sociedad"ha aseverado en una rueda de prensa en la que ha estado acompañado por tres tenientes de alcalde y tres concejales.
Capacidad de los ayuntamientos para regular
Según el alcalde, la sentencia deja clara la capacidad reguladora del espacio público municipal por parte de los ayuntamientos sin necesidad del desarrollo de una ley específica.
También interpreta Ros que queda claro que el Ayuntamiento ostenta plena competencia sobre el espacio público porque la sentencia define una visión progresista y amplia del concepto de seguridad y orden público.
Lérida fue la primera ciudad española en que se aprobó de forma definitiva la prohibición del velo islámico -el 8 de octubre de 2010- y entró en vigor el 9 de diciembre pero a mediados de enero, debido al recurso de Watani, el TSJC suspendió de manera cautelar el acuerdo del Ayuntamiento hasta la sentencia de este miércoles.
El presidente de Watani, Mourad el Boudouhi, ha asegurado que su asociación presentará un recurso contra la sentencia en el Tribunal Supremo en un plazo de diez días, por lo que desde su punto de vista la suspensión cautelar de la prohibición sigue vigente. El Ayuntamiento, sin embargo, da por hecho que la suspensión cautelar de la orden deja de tener validez.
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