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Derecho laboral

El parado y la huelga

La Razón
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Para un trabajador en paro, y son casi cinco millones en España, no hay día más humillante que el de una huelga general. Él ni siquiera tiene el derecho a parar. Arrojado a la cuneta laboral, ha quedado reducido a espectador pasivo cuya única función es servir de coar-tada al cortejo sindical, a sus dorados clari-nes y su fanfarria piquetera. Porque, vamos a ver, ¿qué puede hacer mañana miércoles, 29-S, un parado para no sentirse un marciano o un paria sujetando la pancarta al lado del liberado sindical, del trabajador con empleo estable, del funcionario con trienios o del jeta con ceja subvencionada? De todos los motivos que esgrimen los huelguistas no hay uno sólo que alivie al desempleado o beneficie sus expectativas laborales. Así, protestar contra la flexibilidad en el despido, le llega un poco tarde; y para lo que le ha servido la legislación más rígida de Europa, le importa un bledo si la flexibilizan, la licúan o hacen con ella un churro verbenero. Echarse a la calle contra la generalización del contrato joven, también le parece una memez: de lo que se trata es de currar dignamente, ya sea con contrato para jóvenes o para maduritos interesantes. Y todos los demás móviles para la huelga, como la reducción salarial, el descuelgue de los convenios y la congelación de las pensiones, a un parado le quedan tan ajenos y lejanos que daría medio brazo para sentirlos como suyos aunque fuera por un día. Pero a los sindicalistas estos pequeños detalles les parecen desvaríos sentimentales que no deben distraerles de la elevada misión que la Historia les ha encomendado de defender a los trabajadores de la explotación de la derecha capitalista y tal y tal. Lo expresa con pasmosa sinceridad la portada de la «Gaceta Sindical», editada por CC OO, que en su edición especial para el día 29 proclama lo siguiente: «El derecho de huelga, junto con el de libertad sindical, está recogido en nuestra Constitución como un derecho fundamental incuestionable, que goza de un carácter preeminente y de mayor protección frente a la libertad a trabajar». Es decir, que primero es el derecho a la huelga y después el trabajar, que no es un derecho sino una «libertad», por eso hay tanto parado con vocación de esclavo. Sólo a un liberado se le podía ocurrir tamaña estupidez, tal vez porque únicamente trabaja cuando hace huelga. Pues si ésta es la doctrina sindical que inspira el 29-S, al parado sólo le queda una salida digna y coherente: tomarse la libertad del corte de mangas.