Derecho laboral
El SAF denuncia la «doble vara de medir» de la Junta con sus funcionarios
En Educación y Justicia no se les valora el tiempo de interinidad en sus concursos de mérito, como sí pretenden hacer en la Administración General
Sevilla- El 29 de octubre se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) la orden por la que se convoca el concurso de traslados del personal funcionario docente de la Consejería de Educación, en el que no se aplicará la polémica Directiva 1999/70/CE, es decir, no se tendrá en cuenta el tiempo de interinidad como mérito a valorar. Tan sólo se considerará el periodo como funcionario de carrera.
Cabe recordar que la citada directiva europea tampoco afecta a los funcionarios de Justicia, pero sí a los de la Administración General de la Junta, lo que ha provocado el cruce de recursos en los tribunales entre organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios contra el Gobierno regional. De hecho, la Consejería de Hacienda y Administración Pública cambió las bases del concurso de ese último colectivo cinco días antes de la finalización definitiva del mismo. Desde entonces, ya hace más de un año, está paralizado.
¿Por qué se aplica la norma a unos funcionarios sí y a otros no? Fuentes del sindicato SAF lo tienen claro: su colectivo «lleva más de dos años luchando en la calle y en los juzgados contra la política de ‘enchufismo' del Ejecutivo andaluz, plasmada en la mal llamada Ley de Reordenación del sector –1/2011 de 17 de febrero–».
Aseguran que «ya son innumerables» las sentencias contrarias al «bipartito», cuestión que «no han pasado por alto los máximos representantes de Función Pública», deslizan. «Con la paralización del concurso –se explican– se vengan de manera inmoral y rastrera, perjudicando deliberadamente los derechos, las condiciones de trabajo y la conciliación de la vida profesional y familiar de más de 12.000 personas». Tras criticar la «doble vara de medir de la Junta con sus trabajadores», desde el SAF le exigen que «acaten los fallos en contra de la rebaremación para medir los méritos que existen ya incluso por parte del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)». Temen, sin embargo, que el Gobierno regional «espere a una unificación de doctrina para desbloquear el concurso».
«De todas formas –matizan las mismas fuentes–, cualquier solución que proponga esta Administración será siempre la más lesiva para los derechos y condiciones de trabajo de sus funcionarios públicos». Quieren que se desbloquee el concurso «con las bases iniciales», pero aseguran desconfiar de una «inhumana» Administración para la que los funcionarios son «un código en las relaciones de puestos de trabajo, como un número grabado a fuego en el brazo».
Cansados de esperar, arremeten contra los altos cargos de la Consejería que «no quieren entender, desde sus suntuosos despachos y sus prebendas de reyes y reinas de taifas, que somos ciudadanos trabajadores, con cargas familiares y unos sueldos ridículos comparados con los suyos».
Una directiva «fantasma»
En la norma básica común a todos los funcionarios, el Estatuto Básico del Empleado Público –Ley 7/2007, de 12 de abril–, no existe referencia alguna a la polémica Directiva en la Exposición de Motivos ni en el Informe del Comité de Expertos de 2005 que precedió a la ley. Tampoco se alude a ella en el documento 3/2004 del Comité Económico y Social sobre la temporalidad en el empleo en el sector público, aprobado en el pleno de 22 de diciembre de 2004; ni en el informe de 2003 del Defensor del Pueblo sobre funcionarios interinos y personal eventual. A ello se suma la ausencia de alusión a esta norma europea en el acuerdo alcanzado entre el Gobierno central y los sindicatos CC OO, UGT y CSIF, fechado el 13 de noviembre de 2002 y publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 15 de noviembre de ese año.
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