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ANÁLISIS: La Sala del 61 del TS tendrá la última palabra
- ¿Cuáles son los trámites a seguir una vez presenten mañana los estatutos el Ministerio del Interior para su inscripción en el Registro de Partidos?
–El ministerio dispondrá de un plazo de 20 días para decidir si accede a la inscripción o la suspende cautelarmente. Para ello, solicitará informes tanto a la Abogacía del Estado como a la Fiscalía General sobre la que pretende convertirse en la nueva marca de la izquierda abertzale, y contará igualmente con informes policiales.
- Si no se inscribe, ¿es definitiva esa decisión?
–No. Los promotores podrán entonces recurrir ante la Sala Especial del 61 del Tribunal Supremo, presidida por Carlos Dívar, que será la que tenga en última instancia que resolver. Y lo tendrá que hacer en los breves plazos que para ello concede la Ley de Partidos Políticos, aprobada en el año 2002.
- El fallo del Supremo, ¿qué cuestiones analizará?
–Principalmente, si existe alguna conexión que vincule al partido que se pretende inscribir con alguna formación ya ilegalizada. Sobre todo, si se trata de una mera sucesión de Batasuna, la cual fue «expulsada de la legalidad» al constatarse que formaba parte del entramado terrorista de ETA.
- ¿Existe algún antecedente de alguna situación similar a la que ahora se pretende?
–Sí. En abril de 2007 se intentó inscribir en el Registro de Partidos Abertzale Sozialista Batasuna (ASB), quienes pretendían participar en los comicios de mayo. Finalmente, la Sala del 61 del Supremo prohibió esa inscripción, al constatar sus vínculos con Batasuna.
- ¿Tiene alguna similitud el proceso seguido por ASB con el que partido que ahora se quiere inscribir?
–Sí. Y parece que hay más de una. En sus estatutos, ASB también apostaba por utilizar «exclusivamente las vías políticas democráticas» con el fin de conseguir los objetivos históricos de la izquierda abertzale. Exáctamente los mismos argumentos que ahora.
- ¿Cómo se puede probar esa relación con partidos ya ilegalizados por la Justicia?
–El Supremo ha tenido en cuenta distintos valores para ello, como el proceso de gestación del partido, la relación de sus dirigentes con esos partidos o la presencia en sus listas electorales con las que pretendían concurrir a los distintos comicios.
- ¿Cómo se ha expresado el Supremo respecto ala gestación del partido del que instaba la ilegalización o que no se permitiese su inscripción?
–En el proceso de anulación de candidaturas de ANV en el año 2007, por ejemplo, aludía a que su proceso de formación fue «gestado y dirigido en todo momento» por miembros de la extinta Batasuna.
- ¿Y en cuanto a los dirigentes de esos partidos?
–Ha sido considerado un elemento clave para la decisión final del Supremo. Su vinculación con partidos ilegalizados ha constituído uno de los pilares sobres los que la Sala del 61 ha construido toda la argumentación jurídica para considerar que Batasuna estaba detrás de partidos como ANV, PCTV o ASB.
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