Desahucio
Confirman la condena a una mujer que ocupó una vivienda vacía de la CAM
VALENCIA- La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que presentó una mujer contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Cartagena que, en abril pasado, la condenó a tres meses de multa con una cuota diaria de tres euros por un delito de usurpación cometido con la ocupación de una vivienda propiedad de Caja Mediterráneo (CAM).
La sentencia indica que el Juzgado de lo Penal declaró como hechos probados que la denunciada, «sin tener autorización para ello», ocupó el inmueble, ubicado en la localidad cartagenera de Pozo Estrecho, en agosto de 2011, y que permaneció en el mismo durante varios meses.
En su recurso ante la Audiencia Provincial, la condenada alegó que la vivienda estaba deshabitada y que ella no la forzó ya que la puerta, aseguró, estaba abierta, lo que fue desmentido por el presidente de la comunidad, que aseguró que estaba cerrada.
Al ratificar la sentencia del Juzgado de lo Penal, la Audiencia indica que la denunciada permaneció en la casa durante siete meses, «hasta que fue requerida para su desalojo, lo que supone una ocupación con afán de continuidad en el tiempo y con conocimiento de la misma era propiedad de una entidad que, en modo alguno, consta que abandonara su posesión y permitiera la ocupación.
En cualquier caso, se da la circunstancia de que la mujer deberá pagar finalmente, noventa euros por cada mes que estuvo alojada en la vivienda, una cantidad muy inferior a cualquier alquiler a precio de mercado. Eso sí, contará ya con antecedentes penales.
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