Cárcel
El Supremo absuelve al kamikaze que mató a un matrimonio en 2008
El Tribunal Supremo ha ordenado el internamiento psiquiátrico de un conductor tras anular la condena de 12 años de prisión a la que fue condenado por circular en sentido contrario por una autovía de Elche durante quince kilómetros y causar la muerte de un matrimonio tras colisionar con otro vehículo.
Así lo ha acordado la sala de lo penal del Supremo en una sentencia en la que estima el recurso que Pedro D.A. interpuso contra la dictada el pasado mes de febrero por la Audiencia Provincial de Alicante.
El Alto Tribunal ha apreciado la circunstancia eximente completa de alteración psíquica, por lo que le impone una medida de internamiento en un centro psiquiátrico penitenciario por un periodo máximo de 15 años.
El Tribunal consideró al procesado autor responsable de un delito contra la seguridad del tráfico en concurso con dos delitos de homicidio y otros dos de lesiones, ya que dos personas que viajaban en una motocicleta resultaron heridos graves.
Los hechos tuvieron lugar el 10 de febrero de 2008 cuando el acusado conducía un turismo por la circunvalación de Elche. En un momento dado accedió a la autovía A-7 en sentido contrario al permitido para circular a una velocidad elevada hasta cerca de la ciudad de Alicante.
A pesar de que inicialmente provocó un primer raspado a un coche en el que viajaban dos personas y que logró evitar el accidente frontal, Pedro D.A. siguió en sentido contrario por el arcén y su carril izquierdo hasta que colisionó con un segundo turismo, ocupado por un matrimonio, ambos de 54 años, quienes fallecieron en el acto.
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