Cataluña

Cien controladores tendrán que declarar por sedición

Cien controladores del aeropuerto de Barajas y de la base aérea de Torrejón de Ardoz empezarán a declarar ante la Fiscalía a partir del próximo jueves por abandonar sus puestos de trabajo el pasado viernes y sumir en el caos al tráfico aéreo.

La torre de control del aeropuerto de Valencia
La torre de control del aeropuerto de Valencialarazon

El cerco judicial se estrecha. A instancias del fiscal superior de Madrid, Manuel Moix, la Fiscalía de Madrid les ha citado a testificar por un delito de sedición –que lleva aparejadas penas de hasta ocho años de cárcel– y las de Cataluña y Valencia ya han abierto diligencias al respecto, mientras en Galicia todavía deshojan la margarita a la espera de los informes policiales. Se adivina un «efecto cascada». Y eso al margen de lo que hagan los juzgados togados militares, a quienes les corresponde la competencia desde que el Gobierno acordase el pasado viernes militarizar el espacio aéreo ante la gravedad de la situación.

El Ministerio Público escuchará los argumentos de los controladores identificados por la Policía y la Guardia Civil para ausentarse de sus destinos laborales y no descarta adoptar alguna medida cautelar, según confirmaron ayer fuentes fiscales. Por la gravedad de los delitos y las penas que conllevan, la de prisión podría estar sobre la mesa, aunque según esas mismas fuentes en la Fiscalía «no hemos valorado la adopción de ninguna medida en concreto. Primero tenemos que escuchar sus argumentos. Ahora, las penas del delito de sedición son de prisión».

El propio fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid, Eduardo Esteban, precisó ayer que a la Fiscalía «no le gusta pedir prisiones de una forma desaforada», informa Efe. Esteban confirmó que se citará a los controladores que, o bien faltaron a su puesto de trabajo, o bien lo abandonaron el pasado viernes antes de que el Ejecutivo decretase el estado de alarma.

Desde ese momento, tal y como se ha apuntado, la competencia recae en la jurisdicción militar. El artículo 91 del Código Penal Militar prevé penas de uno a diez años para los militares que «rehusaren obedecer las órdenes legítimas recibidas».
En caso de «peligro para la seguridad del buque o aeronave», los meros ejecutores se enfrentan hasta a 20 años de cárcel, 25 en el caso de los cabecillas.

Los informes policiales que ha solicitado la Fiscalía sobre el plante de estos profesionales, sin embargo, no apuntan a esa posibilidad. «No nos consta que el peligro esté acreditado –aseguran las fuentes fiscales consultadas–. Los atestados no hacen referencia a esa posibilidad, sino únicamente a la interrupción del tráfico aéreo que se produjo».

Las previsiones apuntan a que las comparecencias de los controladores se prolongarán al menos durante dos días. «Si no quieren declarar, iremos muy deprisa», añaden.