Ministerio de Justicia

Pascual Sala el equilibrista

La Razón
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MADRID- El presidente del Constitucional, Pascual Sala, no lo dudó ayer ni un solo segundo. Con un golpe rápido de timón, esperado por quienes le conocen, rechazó la renuncia al cargo de su vicepresidente y dos magistrados, que horas antes le habían comunicado por carta su decisión de abandonar sus puestos, siete meses después de que expiraran sus mandatos. En su respuesta a los dimisionarios, Sala asegura que no acepta sus renuncias. Para ello, alega el funcionamiento propio del Tribunal y el cúmulo de casos a resolver. «Teniendo en cuenta que el funcionamiento del Tribunal en Pleno exige la presencia de dos tercios de sus magistrados y dado el volumen de procesos constitucionales pendientes sometidos a su conocimiento y, de modo principal, su insustituible función institucional como supremo intérprete de la Constitución y garante máximo de los derechos fundamentales y libertades públicas, y a fin de garantizar la continuidad y estabilidad de este órgano, resuelvo no aceptar las renuncias presentadas», asevera. Entre los procesos pendientes, figura en un lugar destacado el recurso de Sortu contra la prohibición del Tribunal Supremo para inscribirse en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior. No es descartable que este caso, al igual que el de Bildu, termine resolviéndolo el pleno del Constitucional. Sala dio ayer traslado de su decisión a Su Majestad el Rey, al pleno del Constitucional y a los presidentes del Gobierno, del Congreso de los Diputados, del Senado y del Consejo General del Poder Judicial.
Aunque es la primera ocasión desde que se constituyó el TC en 1980 que alguno de sus miembros dimite, no es la primera vez que Pascual Sala debe sofocar una situación similar. En 1996 dimitieron seis de los vocales del Consejo General del Poder Judicial que entonces presidía. Sin embargo, en aquellas fechas aceptó sus renuncias, de modo que el órgano de gobierno de los jueces quedó con sólo once miembros, tres menos del mínimo que establece la ley para que el pleno del Consejo pudiera adoptar decisiones. Acto seguido, comunicó lo sucedido a los presidentes del Congreso y del Senado para que las entonces recién constituidas Cámaras aceleraran el proceso de elección de los nuevos miembros del Consejo.