Andalucía

Los particulares podrán vender su «ajuar» en la calle

El borrador del nuevo decreto sobre venta no sedentaria, es decir, ambulante, en la Comunitat Valenciana incluye la posibilidad de que cualquier particular acuda a su Ayuntamiento y solicite una licencia para vender artículos usados, «siempre que todos que se pongan a la venta, procedan de su propio ajuar y no hayan sido adquiridos expresamente para comercializarlos».

Todos los vendedores deberán contar con la licencia municipal pertinente y renovarla cuando caduque
Todos los vendedores deberán contar con la licencia municipal pertinente y renovarla cuando caduquelarazon

Valencia- Así se aprobará a no ser que alguna Asociación del comercio presente alegación, algo que podrán realizar en las próximas semanas. Este borrador fue presentado el pasado lunes por el conseller de Economía, Industria y Comercio, Enrique Verdeguer, a los miembros del Observatorio del Comercio.

El texto constituye el primer desarrollo reglamentario de la nueva Ley del Comercio, cuyo proyecto de ley fue aprobado en enero de este año.

Establece además que no será requisito la condición de comerciante para la venta no sedentaria promovida por entidades o instituciones con fines benéficos y que sea de carácter ocasional.
Los Ayuntamientos serán los responsables de aprobar una ordenanza municipal que regulará este tipo de venta. Deberá establecer cuestiones como los perímetros o lugares determinados, públicos o privados, donde se podrá realizar la venta no sedentaria, así como los días y horarios en que se podrá llevar a cabo la actividad, el tipo de productos que puedan ser autorizados en cada caso o las condiciones de los puestos de venta.

El texto fija que los Ayuntamientos no podrán autorizar la creación de nuevos mercados de venta no sedentaria en suelo de uso dominante industrial, con independencia del día para el que se hubiera previsto la actividad y de la titularidad del suelo.

La creación de un mercado de venta no sedentaria en suelo privado también requerirá de licencia municipal. Ésta atenderá fundamentalmente a la justificación de la compatibilidad urbanística del suelo sobre el que se propone su implantación, así como a la valoración de las circunstancias medioambientales y las incidencias en el entorno.

Asimismo, los Ayuntamientos deberán crear y mantener un Registro municipal de comerciantes de venta no sedentaria autorizados para las distintas modalidades de este tipo de comercio que se celebren en su término municipal. Además, se creará el Registro de Comerciantes de Venta No Sedentaria de la Comunitat Valenciana, que estará formado básicamente por la integración de los datos de los respectivos registros municipales de comerciantes de venta no sedentaria.

 

Malas cifras
Ventas
Las ventas del comercio al por menor registraron en la Comunitat Valenciana una caída interanual del 7,3 por ciento en el mes de octubre de 2011, según informó ayer el Instituto Nacional de Estadística. Asimismo, el empleo en el sector minorista descendió un 1,4 por ciento en términos constantes en relación al mismo mes del pasado año y registró un descenso del 0,9 por ciento en la media de lo que va de 2011. Hay que decir que las ventas del comercio minorista se redujeron en octubre en todas las Comunidades autónomas. Las mayores disminuciones interanuales se registraron en Andalucía (-9,8 por ciento), Galicia (-8,9 por ciento) y Baleares (-8 por ciento).