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Los notarios ponen suelo al embargo: el 60% del piso

La Razón
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MADRID- Los notarios no autorizarán embargos por menos del 60% del valor de tasación de la vivienda. El Consejo General del Notariado aprobó el pasado fin de semana una circular en la que se establece que no darán validez a las ejecuciones hipotecarias que no fijen en la tercera subasta un tipo mínimo del 60% del valor de tasación de la vivienda habitual para garantizar a los ciudadanos los mismos derechos que en los procesos de ejecución judicial.

En la citada circular «se dan unas directrices claras que todos los notarios deben seguir para garantizar el derecho de los ciudadanos a una vivienda y a la debida protección familiar». Según el Consejo General del Notariado, aunque la regulación de la ejecución hipotecaria extrajudicial, recogida en el Reglamento de la Ley Hipotecaria, no fija tipo alguno para la tercera subasta y permite al acreedor adjudicarse el bien por cualquier cantidad, los notarios creen «imprescindible ofrecer a los ciudadanos las mismas garantías que las que tendrían ante un juez». El presidente del Consejo General del Notariado, Manuel López Pardiñas, indicó que «el notario, en su condición de funcionario público, no puede ser ajeno a la situación generada por el cambio normativo, aunque no se haya modificado también la regulación del procedimiento extrajudicial». En este sentido, recordó que los bancos tienen la opción en caso de decidir ejecutar la hipoteca, cuando así se ha pactado en la escritura pública, de hacerlo por vía extrajudicial ante un notario.
La regulación legal de este procedimiento extrajudicial no se ha adaptado a la actual situación de crisis y sobreendeudamiento de las familias.