Medios digitales

Condenada otra empresa de «press-clipping»

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha condenado a la empresa RGR, especializada en el denominado «press-clipping», a cesar «de forma inmediata» en la «reproducción y recopilación íntegra y comunicación pública» de los contenidos de 57 periódicos sin contar con su autorización.

La Razón
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Además, la sentencia, hecha pública por la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE), establece que en el caso de la prensa escrita diaria «será el editor quien ostente de modo originario los derechos de propiedad intelectual». El fallo se suma a otro de hace un año, que condenó a otra empresa.

Los editores decidieron iniciar acciones judiciales contra este tipo de empresas hace ya tres años al entender que podía afectar a su negocio. Según un estudio de la consultora Ipsos, más de seis millones de personas reconocen recibir resúmenes de prensa en su trabajo y el 84 por ciento reconoce que si no tuviera esos resúmenes, compraría más periódicos.

La sentencia justifica la condena al declarar que los editores «son titulares de los derechos de propiedad intelectual, en su consideración de obra colectiva». El Tribunal reconoce expresamente a los periódicos la condición de obra colectiva como, «la creada por la iniciativa y bajo la coordinación de una persona natural o jurídica que la edita y divulga bajo su nombre, y está constituida por la reunión de aportaciones de diferentes autores cuya contribución personal se funda en una creación única, sin que sea posible atribuir separadamente a cualquiera de ellos un derecho sobre el conjunto de la obra», de manera que los derechos originarios de propiedad intelectual sobre la obra colectiva se atribuyen por ley al editor.