Derecho laboral

El TSJA rechaza la integración de los «enchufados» con los funcionarios

La Razón
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SEVILLA- Nuevo revés judicial para la Junta de Andalucía por los estatutos de las agencias públicas creadas tras la reordenación del sector público empresarial. La sección primera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el Sindicato de Funcionarios de la Junta de Andalucía (Safja) contra los estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales y declara «la nulidad de su Disposición Adicional Segunda», la que recoloca a los laborales.

El fallo, al que ha tenido acceso este periódico, rechaza los argumentos esgrimidos hasta ahora por el Gobierno andaluz para que el personal laboral de las empresas públicas –los «enchufados»– continúen trabajando en la Administración. Así, en el fundamento de derecho número nueve señala: «Nada que objetar desde luego, a la sucesión de empresas del artículo 44 del Estatuto de los trabajadores que obliga a la Agencia a subrogarse en derechos y obligaciones derivados de los contratos de trabajo de este personal, pero una cosa es la subrogación empresarial de las normas laborales y otra la integración, que convierte a este personal en personal laboral de la Agencia con atribución de potestades y funciones públicas».

El fallo considera que se vulnera el artículo 23.2 y el 14 de la Constitución «respecto a terceros ciudadanos a los que no se les va a permitir el acceso privilegiado por integración».
La demanda del Safja también iba contra UGT y CC OO.