Europa

España

Sin rastro del canon digital

Mientras Francia ya ha hecho los deberes, España celebró ayer el día europeo de la música entre la incertidumbre de la industria, que no sabe por qué modelo optará el Gobierno

La industria musical celebró su jornada (en la imagen, Russian Red) con la «Ley Antipiratería» sin entrar en vigor
La industria musical celebró su jornada (en la imagen, Russian Red) con la «Ley Antipiratería» sin entrar en vigorlarazon

Como lo fue en su día la «Ley Antipiratería», el canon digital se ha convertido en la nueva patata caliente del Ministerio de Cultura y del de Industria. En octubre del pasado año, el Tribunal de la Unión Europea en Luxemburgo legitimaba a través de una sentencia la compensación por copia privada tras una consulta de la Audiencia de Barcelona, pero consideraba indiscriminada su aplicación dentro del ámbito profesional. Por ello, urgió al Gobierno español a cambiar la normativa en los aspectos que ésta afecte a las personas no físicas. Desde entonces, sociedades de gestión, empresas y los dos Ministerios implicados debaten una solución para afinar el mecanismo de cobro.

Lo que hemos dado en llamar canon digital es, en realidad, la remuneración por copia privada, es decir, la recompensa que cada uno aporta al autor de una obra por las copias para consumo propio que pueda realizar, es decir, una medida preventiva que cada consumidor paga, según los precios fijados por el Estado, cuando compra un dispositivo o soporte electrónico capaz de realizar esta copia o almacenarla. En 2010, la recaudación por este concepto en España ascendió a los 100 millones de euros aproximadamente.

«Buena ley retrasada»
La exigencia de la Unión Europea motivó una negociación con fecha de caducidad, ya que el plazo estipulado por el Tribunal de Luxemburgo expiró la semana pasada. De hecho, en enero de este año, Ángeles González-Sinde anunció la inclusión de esta reforma en la disposición final segunda de la Ley de Economía Sostenible (destinada, principalmente, a luchar contra la «piratería» de contenidos protegidos por derechos de autor en internet), y aseguró que en tres meses como máximo desde la aprobación de dicha ley se modificaría el canon conforme a la jurisdicción europea.

El pasado 12 de mayo se cumplieron estos tres meses, pero aún no han hallado la solución. Interpelada por el PP días atrás en el Congreso, que la reprochó no haber cumplido el compromiso con el principal partido de la oposición para reformar el canon, la ministra de Cultura respondió con un «es mejor una buena ley retrasada que una mala y puntual».
Por el momento, la orden antigua continúa vigente, de hecho, las liquidaciones que realizan los fabricantes de soportes electrónicos se han producido en el primer trimestre con toda normalidad, según comentan fuentes de las entidades de gestión a este diario.

En caso de que algún afectado reclame mientras no se modifique el canon, el Tribunal Supremo, según consideran los expertos, puede alegar que no tiene por qué derogar la normativa actual si, al hacerlo, se puede producir un perjuicio a los implicados. Por ello, todos los procedimientos en este sentido se están archivando.

Los modelos europeos
La cuestión es, entonces, cómo quedará la aplicación de este gravamen en el futuro. Lo que por el momento parece claro es que la cantidad se rebajará, pues el Ministerio de Industria quiere aprovechar la circunstancia para introducir en la normativa un descenso en los precios que paga cada soporte, aunque estos aún no han sido fijados. Cultura, por su parte, parece resignado a esa rebaja, y ha solicitado a las partes que se pongan de acuerdo, lo cual parece una tarea imposible. La mesa de negociación ha valorado los modelos que siguen países vecinos para eliminar o, al menos, compensar la aplicación del canon a personas no físicas.

En el caso de Francia, se hace una estimación de cuánto supone el uso profesional y se resta al total. La cantidad resultante se divide entre todos los soportes susceptibles de pagar canon. De esta manera, todo el mundo continúa pagando, pero una cantidad menor. El pasado lunes, el Consejo de Estado eximió a las empresas de hacerlo, pero aún no ha decidido si esto supondrá una mayor repercusión en los ciudadanos. El modelo italiano resulta menos indiscriminado, pero más laborioso para el consumidor. En un principio, la tasa la paga todo el mundo, y quien acredite que no tiene como finalidad realizar una copia privada, puede reclamar y se devuelva el importe.

En la práctica, sólo lo hacen aquellos que han comprado un número suficiente de dispositivos para que el trámite merezca la pena tanto en tiempo como económicamente. Las espadas están en todo lo alto, pues muchos fabricantes han visto una oportunidad histórica en el caso español para generalizar la ausencia de canon al resto de Europa. Así marcas de productos electrónicos multinacionales presionan durante la negociación amenazando con que no gravarán los dispositivos en España, mientras lo hacen con total normalidad en otro países.

El detalle. Gravamen en la obra, una alternativa
La principal asociación de empresas fabricantes de dispositivos y unidades de almacenamiento gravados por el canon, Ametic, se decanta por una reforma estructural del sistema actual que consideran obsoleto. En concreto, abogan por fijar un canon sobre la obra original protegida por derechos de autor, denominado «canon en la obra», en lugar de sobre los dispositivos digitales utilizados para realizar la copia. Según un estudio encargado por esta asociación, el modelo actual causa una pérdida económica de, al menos, 51,2 céntimos por cada euro recaudado, mientras que su propuesta reduciría la pérdida en un 63%, pasando de los 51,2 a 19 céntimos por euro recaudado.