Caso Faisán

El Supremo confirma la condena por asociación ilícita a los «hammerskin»

La Razón
La RazónLa Razón

MADRID- El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación presentados por los 15 miembros del grupo neonazi Hammerskin contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid que les condenó a penas de entre un año y medio y dos años y medio de cárcel y declaró la ilegalidad del grupo por «promover el odio y la violencia». La Audiencia Provincial de Madrid dictó una pionera sentencia el 24 de julio de 2009 en la que por primera vez condenó a un grupo neonazi por asociación ilícita. Además, castigó a sus integrantes por tenencia ilícita de armas. Asimismo, la Sala acordó la disolución del grupo Hammerskin-España y, en consecuencia, el cese de todas sus actividades. Esta organización tenía como finalidad la difusión de la ideología y doctrina nacional socialista. Durante el juicio, se reveló que querían implantar el IV Reich en España.
 Durante el juicio, los procesados negaron pertenecer a la banda y aseguraron que el abundante material neonazi que se incautó en sus domicilios tenían más que ver con su afición a la militancia y a la II Guerra Mundial. En sus casas, la Guardia Civil encontró vídeos de Hitler –«Las SS Sangre y Fuego» y «Las Armas Secretas de Hitler»– y Mussolini, así como una buena cantidad de camisetas con emblemas neonazis y con el escudo de los Hammerskin-España.