España

Expulsión exprés de inmigrantes por delitos leves

Los inmigrantes imputados por una falta, cuya pena sea inferior a seis años, serán expulsados «inmediatamente». Así lo establece el borrador del Reglamento de Extranjería, presentado ayer con ocho meses de retraso por la secretaria de Estado del ramo, Anna Terrón.

Los menores connacionalidad española permitirán la regularización de la situación de sus padres
Los menores connacionalidad española permitirán la regularización de la situación de sus padreslarazon

Esta realidad queda reflejada en el artículo 244, que establece que cuando el extranjero se encuentre procesado o imputado por delito o falta (hurtos inferiores a 400 euros, lesiones leves, amenazar con un arma, injurias, entre otros) por el que la ley prevea una condena inferior a seis años, se iniciará el proceso de expulsión «en el plazo más breve posible y en todo caso no superior a tres días». Hasta ahora, sólo se podía expulsar a los delincuentes que estaban cumpliendo condena.

Esta medida se suma a la represión a la que ha sometido el Gobierno a los inmigrantes irregulares y a los delincuentes. A la «caza» de extranjeros «sin papeles» iniciada en 2009 por la Policía en varias ciudades españolas se unió la repatriación de delincuentes que cumplían condena en las cárceles españolas durante 2010.

Además, el artículo 255 propone la posibilidad de ingresar en los centros de internamiento a los extranjeros que hayan sido detenidos por la unidad de Extranjería de la Policía cuando no puedan ser expulsados en un plazo de 72 horas. En este sentido, una portavoz de la Asociación Profesional de Abogados de Extranjería (Apaem) indicó que esta medida abre la posibilidad de internar en los CIE a irregulares interceptados en aeropuertos, algo que hasta ahora no se producía.

Asimismo, desde Apaem explicaron que el artículo 220 vulnera la Ley de Enjuiciamiento Civil al establecer que un inmigrante podrá solicitar un abogado con la simple manifestación de la voluntad. «Eso es papel mojado y no vale para nada», lamentaron.

Nueva regularización

Otra de las novedades del reglamento es la apertura de una nueva vía para la regularización de irregulares. Así, a las figuras del arraigo social y laboral, se une el familiar, por el que los padres de niños menores de edad con nacionalidad española pueden regularizar su situación. La medida no afecta a todos los niños nacidos en España, sino sólo aquellos que tengan la nacionalidad. La normativa española establece que los menores asumirán la nacionalidad de sus padres por «ius sanguinis» (derecho de sangre), excepto en los casos en los que las legislaciones de sus países de origen indiquen lo contrario. Esta decisión afecta positivamente a la mayoría de iberoamericanos y cierra la puerta a los africanos. Así, argentinos, bolivianos, costarricenses, peruanos, cubanos, guineanos, palestinos y suizos se pueden beneficiar de la reforma, que deja fuera a marroquíes, angoleños, chilenos, búlgaros, ecuatorianos, etíopes, dominicanos, jamaicanos, senegaleses, sirios, rusos, rumanos o nigerianos.

Víctimas de maltrato y trata
Otra de las novedades del documento es que la protección que se va a proporcionar a las mujeres extranjeras víctimas de maltrato o de trata de personas con fines de explotación sexual. El Gobierno establece en el texto que si una víctima de violencia de género denuncia, y la sentencia es condenatoria para el maltratador, se le otorgará un permiso de residencia y de trabajo durante cinco años, sin perjuicio de la posibilidad de acceder durante este tiempo a la situación de residencia de larga duración. La medida afecta también a sus hijos menores de edad, a los que se concederá un permiso de residencia y, en su caso, los mayores de 16 años contarán con un permiso de trabajo. En caso contrario, se establece una cláusula de seguridad que indica que, de haber concluido el proceso con sentencia no condenatoria o resolución de la que no se deduzca que la mujer ha sido maltratada, se le denegarán las autorizaciones a la denunciante y a sus hijos, por lo que se reanudará el proceso de expulsión inicialmente suspendido.

Esta medida precisa de una reforma de la Ley de Extranjería, que debe ser modificada por otra norma. Por ello, ayer, el Congreso aprobó una proposición de ley del PP para que se tramite «de forma urgente» la reforma.