Elecciones andaluzas
Echar a los alcaldes del Parlamento les causaría «perjuicios irreparables»
MADRID/SEVILLA- El Tribunal Constitucional cree que levantar la suspensión que pesa sobre la ley electoral andaluza que prohibe a los alcaldes ser también diputados ocasionaría «un evidente perjuicio en los intereses particulares» de los parlamentarios autonómicos que son, a la vez, regidores. Éste es el principal argumento que esgrime el Alto Tribunal en el auto –al que ha tenido acceso LA RAZÓN– en el que rechaza la pretensión de la Junta de Andalucía de que se pusiese punto y final a la medida de suspensión que afecta a la norma autonómica.
Los nueve magistrados que firman la resolución mantienen que si se levantase ahora la suspensión y el TC decidiese declarar inconstitucional el precepto impugnado, antes de las próximas elecciones autonómicas o locales, «los diputados autonómicos que a su vez fuesen alcaldes no habrán podido ejercer alguno de los dos cargos para los que resultaron electos» y, lo que es más importante, «ya no podrán se repuestos en tal cargo representativo». Por si fuera poco, en ese caso, además, se habrían visto privados de «la participación en las decisiones que durante ese tiempo se hayan adoptado».
De levantarse la suspensión, recuerdan, cinco de los ocho cabezas de lista del PP en las últimas elecciones andaluzas «deberían optar por abandonar su escaño o el puesto como alcalde», unas renuncias de las que se derivarían «perjuicios irreparables».
El Pleno del TC hace suyos los argumentos de la Abogacía del Estado (que también se opuso al levantamiento de la suspensión de la norma) en el sentido de que acceder a la solicitud de la Junta acarrearía que quedase «en entredicho la representación política surgida del proceso electoral» y la consiguiente quiebra del principio de seguridad jurídica.
Los magistrados esgrimen la reiterada doctrina del propio TC según la cual es necesario ponderar los intereses generales y particulares afectados antes de levantar la medida cautelar, una decisión, aclaran, que en todo caso no tiene nada que ver con la que en su día «haya de adoptarse sobre el debate de fondo».
En cuanto a la dedicación exclusiva a la actividad parlamentaria en la que se sustenta la disposición suspendida, el TC recuerda que no es la regla general en los parlamentos autonómicos, «sino la excepción», y añade que ni en Andalucía hasta la fecha ni en el resto de cámaras regionales «la compatibilidad entre cargos que trata de evitar la norma impugnada ha producido perjuicio alguno».
La noticia, adelantada ayer por este periódico, fue acogida con tranquilidad en el seno del PP andaluz, el partido más afectado por la norma que aprobó el PSOE antes de perder la mayoría absoluta. Según fuentes consultadas, la renovación de la suspensión de la norma tendrá una vigencia de otros cinco meses, a la espera de que se pueda producir un pronunciamiento definitivo.
Por su parte, el PSOE lamentó en un comunicado que «el Tribunal Constitucional prolongue la interinidad de los alcaldes-diputados del PP», mientras que desde el Gobierno andaluz, la consejera de Presidencia e Igualdad, Susana Díaz, criticó la «incoherencia» de los populares por querer reducir un 30 por ciento el número de concejales y permitir que sus alcaldes también sean diputados autonómicos.
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