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Suspenden la decisión que permitía a militares egipcios arrestar a civiles
El Tribunal Supremo Administrativo de El Cairo ordenó hoy suspender la aplicación de una reciente decisión gubernamental que permitía a los miembros de la policía militar y de los servicios de inteligencia del ejército detener a civiles.
Según la agencia oficial Mena, este fallo se produjo en respuesta a las denuncias presentadas por activistas y defensores de derechos humanos, que criticaron la decisión del Ministerio de Justicia de dar esa prerrogativa a los militares para tratar los crímenes cometidos por civiles.
El pasado 13 de junio, el Ministerio egipcio de Justicia emitió un decreto en el que autorizaba este tipo de arrestos por determinados delitos de derecho común. El objetivo de la medida era preservar la seguridad por parte de las Fuerzas Armadas con la colaboración de la Policía, que desde la supresión el pasado mayo de la ley de Emergencia era el único cuerpo que tenía esas atribuciones.
La norma, que iba a estar en vigor hasta la redacción y aplicación de la nueva Constitución, despertó las críticas de los movimientos pro derechos humanos, que consideraron que abría la puerta a la represión de las manifestaciones o las huelgas.
Las denuncias de los activistas señalaron que la decisión del titular de Justicia, Adel Abdel Hamid, se contradice de "forma explícita con el código del procedimiento penal y con el código especial de la Justicia militar", según Mena. También apuntaron que la resolución genera sospechas porque se aprobó tres días antes de las elecciones presidenciales y poco después de la anulación de la ley de Emergencia.
De acuerdo a las denuncias presentadas, esta decisión ofrecía poderes excepcionales a los miembros de la policía militar y de los servicios de inteligencia del ejército, más de los que disponían con la citada ley de Emergencia.
Esa medida de excepción, en vigor desde 1981 bajo la excusa de la lucha contra el terrorismo, quedó anulada el pasado 31 de mayo después de que la Junta Militar que gobierna el país de forma transitoria decidiera no renovarla.
Este fallo judicial se produce dos días después de que la Comisión Electoral declarara al islamista Mohamed Mursi ganador de las presidenciales.
El Tribunal Supremo Administrativo también tenía previsto dirimir hoy sobre otros dos casos polémicos: la reciente disolución de la Cámara Baja del Parlamento y la validez de la Asamblea Constituyente encargada de redactar la nueva Carta Magna.
El primer caso fue aplazado al próximo 7 de julio, mientras que el segundo ha quedado visto para el 1 de septiembre. El pasado 14 de junio la Corte Constitucional falló que la ley que reguló las elecciones legislativas era anticonstitucional por lo que ordenó la disolución del Parlamento, lo que ha provocado numerosas protestas.
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