Relaciones laborales
El Supremo tumba también el recurso sobre el plan de calidad
Sevilla- La sección cuarta de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado el recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía contra la sentencia emitida en julio de 2010 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y que supuso la anulación provisional de la orden de la Consejería de Educación por la que se regula el Programa de Calidad y Mejora de los Rendimientos Escolares en los centros docentes públicos de la comunidad.
En un fallo emitido el 17 de enero de 2012, al que tuvo acceso Europa Press, el Supremo declara «inadmisible» este recurso de casación de la Administración autonómica al considerar, por un lado, que «denuncia como infringidas normas estatales que no fueron invocadas en el proceso» judicial ante el TSJA «ni consideradas» entonces por la sala sentenciadora y, por otro, que «sus argumentos conducen solo a una interpretación y contraste de normas autonómicas».
La sentencia, notificada al sindicato recurrente (Ustea) el pasado viernes y que impone unas costas limitadas de 3.000 euros a la Junta, recuerda que ya el TSJA concluyó anular la mencionada orden del Plan de Calidad por «entrar en contradicción» con la Ley de Educación de Andalucía (LEA) al «no vincular la consecución de los objetivos educativos con la percepción de los incentivos económicos anuales para el profesorado». La Consejería de Educación señaló ayer que el fallo «no tiene ningún efecto práctico» en los centros escolares de la comunidad acogidos a tal programa.
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