Jubilación
13.500 andaluces en edad de jubilación siguen en activo
El Gobierno incentiva desde 2013 el retraso en la retirada. laboral para ahorrar en el pago de las pensiones contributivas, que en Andalucía perciben 834.000 personas.
El Gobierno incentiva desde 2013 el retraso en la retirada
laboral para ahorrar en el pago de las pensiones contributivas, que en Andalucía perciben 834.000 personas.
Seguir trabajando más allá de los 65 años es lo que hacen 13.500 andaluces, según los datos recogidos en la Encuesta de Población Activa (EPA) del segundo trimestre, la última publicada por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Algo más de la mitad, 7.100, son hombres; y 6.400, mujeres. El porcentaje no es muy significativo respecto al número total de pensionistas de la comunidad –supone el 1,6% de los 834.000 jubilados–, aunque marca una tendencia a ampliar la vida laboral por encima de la edad límite. El informe no entra en detalle en las ocupaciones laborales ni en la casuística, pero las posibilidades abarcan desde quien no puede retirarse por obligación económica a quienes prefieren continuar en su puesto de manera voluntaria.
Desde que se aprobó la reforma de las pensiones en el año 2013, el objetivo del Gobierno se ha encaminado a prolongar la actividad, articulando penalizaciones para las jubilaciones anticipadas y bonificando de diferentes formas la permanencia en activo. Los funcionarios pueden extender su tiempo de trabajo hasta los setenta años si así lo desean: para contratados por cuenta ajena y autónomos no hay ningún horizonte temporal que establezca un máximo para su retirada.
Las alertas saltaron por el alto ritmo al que se estaba «vaciando» la llamada hucha de las pensiones, que en julio disponía de algo más de 25.000 millones, comprometiendo los pagos futuros. Para quienes acceden a la jubilación, el principal problema es la considerable merma de ingresos, que dificulta mantener el nivel de vida al percibir, de media, un 74% de su último sueldo. En Andalucía, este valor se sitúa en 943 euros. En esta línea, la Encuesta de Condiciones Vida (ECV) 2015 del INE, alertó de un incremento de la tasa de riesgo de pobreza sobre los mayores de 65 años, hasta situarse en el 12,3%, mientras se reducía en otros grupos de edad.
Entre las medidas articuladas por el Gobierno del PP figuran la exoneración de cuotas a la Seguridad Social. Esto supondría un aliciente para que las empresas mantengan a sus trabajadores de más edad y para que los autónomos continúen gestionando sus negocios. Con la finalidad de favorecer la prolongación de la vida activa, cuando se accede a la jubilación a una edad superior a la que en cada caso corresponda, se reconoce al interesado un porcentaje adicional –que se añadiría al que resulte por los años cotizados en toda la vida laboral– por cada año completo cotizado desde que cumplió la edad de jubilación hasta la fecha en que se retire. Esta escala contempla el 2% para un límite de 25 años cotizados; el sueldo crecería un 2,75% si se han trabajado hasta 37 años; y un 4% más a partir de los 37 años de cotización.
Otra opción es la jubilación parcial vinculada a un contrato de relevo a un desempleado. Esta fórmula permite que un trabajador a tiempo completo, alcanzada la edad de 60, suscriba con su empresa un contrato a tiempo parcial, con una jornada de trabajo que puede oscilar entre un 50 y un 75%. La Seguridad Social le reconoce la pensión de jubilación parcial, proporcional al tiempo correspondiente a la jornada que deja vacante. Posteriormente, accedería a la jubilación plena a la edad a la que le correspondiera. Su renuncia debe estar vinculada a una contratación para sustituirlo por parte de un trabajador en paro. Paralelamente a la ampliación de la edad legal de jubilación hasta los 67 años, el Gobierno estatal aprobó penalizar a quienes soliciten retirarse antes de los 65 años. Se han endurecido los requisitos de acceso, exigiendo unas largas carreras de cotización a los trabajadores y, al mismo tiempo, se han incrementado los coeficientes reductores que penalizan la cuantía de la pensión, en los casos de las jubilaciones voluntarias.
Un segundo paquete de medidas permite compatibilizar el cobro de la pensión de jubilación y el desempeño de una actividad retributiva. Aquí se enmarcarían la jubilación flexible, la activa y la compatibilización con trabajos por cuenta propia. Se permite así que aquellos trabajadores que han accedido a la jubilación al alcanzar la edad legal, y que cuentan con largas carreras de cotización, puedan compatibilizar el empleo a tiempo completo o parcial con el cobro del 50% de la pensión. En ese caso, la ley establece tienen unas obligaciones de cotización de «solidaridad» de un 8%.
Para quienes decidan trabajar por cuenta propia, se establece que sus ingresos adicionales no pueden superar el salario mínimo interprofesional, en cómputo anual, pero no les obliga a cotizar.
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