Caso ERE
El PP se mueve para apartar al ex alto cargo que juzgará a Chaves y a Griñán por los ERE
Presenta un incidente de recusación contra Izquierdo, como ya hizo Manos Limpias, por su relación con «17 partes» del proceso
Presenta un incidente de recusación contra Izquierdo, como ya hizo Manos Limpias, por su relación con «17 partes» del proceso
La Justicia debe huir de los manejos poco claros. Éste podría ser el resumen del incidente de recusación que finalmente han presentado los representantes procesales del PP-A en el «caso ERE» contra el magistrado y ex secretario general para la Justicia de la Junta, Pedro Izquierdo, quien fue designado como ponente del juicio contra los ex presidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 24 ex altos cargos en la rama política del «macroproceso», la centrada en el procedimiento específico por el que se repartieron los fondos públicos.
En un amplio escrito de 20 páginas consultado por LA RAZÓN, los abogados del PP, partido que ejerce la acusación popular, piden que se aparte a Izquierdo, presidente de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, en la que recayó el juicio de Chaves y Griñán por doble sorteo. ¿En qué basan su demanda? En esencia en dos motivos ligados. El primero que alegan es «la pérdida de apariencia de imparcialidad», que sitúan en el artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que «considera el interés directo o indirecto en la causa». Y se explican. Lo que se denuncia es «la relación del magistrado con algunas de las partes del proceso», en concreto 17, acusadas «por hechos cometidos en el ejercicio de sus cargos como miembros» del Ejecutivo autonómico del que Izquierdo formó parte «por designación y nombramiento de uno de los acusados», Chaves, «previa deliberación de un Consejo de Gobierno «al que pertenecían cinco» de los que se sentarán en el banquillo. Unos hechos «desarrollados en parte en el mismo espacio temporal en el que el magistrado ejerció de secretario general para la Modernización de la Justicia», primero, y como «secretario general para la Justicia», después. Todo ello entre los años 2008 y 2014.
El incidente, añaden los representantes legales de los populares, «se plantea en la fase de enjuiciamiento de un proceso penal por delitos de corrupción pública dirigido contra personas relevantes de la política», por lo que entienden que el tribunal «ha de reconocer y aplicar con el rigor debido la doctrina sobre la apariencia de imparcialidad» para «preservar y afirmar la confianza de las partes y de la sociedad en los jueces» frente a «la sospecha de contaminación político-partidista» en una causa «sensible». Y ello para «despejar cualquier duda sobre la imparcialidad del juez llamado a formar sala, quien se relacionó con varios de los acusados al menos durante seis años. Circunstancia que, avisan los letrados del PP, «genera una razonable percepción de proximidad que el artículo 2 de la Ley 3/2005, de 8 de abril» sobre las incompatibilidades de los altos cargos de la Administración andaluza y sus declaraciones de actividades, bienes y retribuciones «califica de ‘especial confianza’».
El segundo motivo de recusación que arguyen pasa igual por «la pérdida de apariencia de imparcialidad», pero esta vez contemplada «en el artículo 219.12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial», ligado a «la relación de dependencia del juez». Esto es, ponen el foco en la condición de subordinado que el magistrado tuvo «con cinco de las partes del proceso, miembros del Consejo de Gobierno», en especial con Chaves, quien «le designó y nombró alto cargo»; y con Griñán, quien lo mantuvo en su puesto. Al margen del documento judicial, la «número dos» del PP-A, Loles López, lo expresó en una frase: «No puede ser que un miembro del Gobierno juzgue a ese Gobierno», condensó.
El sindicato Manos Limpias ya intentó mover a Izquierdo. La Fiscalía Anticorrupción aún no se ha posicionado.
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