Cerco a la corrupción
Ex cargos de la Junta acusan a la Policía de actuar al margen de un juez
Denuncian interrogatorios fuera del «control» del juzgado en los que se podría dirigir a los afectados en busca del «éxito policial»
Denuncian interrogatorios fuera del «control» del juzgado en los que se podría dirigir a los afectados en busca del «éxito policial»
A menudo los procesos judiciales son píldoras difíciles de tragar para los que se ven inmersos en ellos que se pasan mejor si se tira de estrategia. Pero algunas son singulares. El juez de refuerzo del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, capitanea la investigación por presuntos delitos de usurpación de funciones públicas, prevaricación y malversación que arrancó a raíz de una denuncia interpuesta por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) y que afecta ya a varios ex altos cargos de la Junta, entre ellos el actual alcalde de Granada, el socialista Francisco Cuenca. Tres de las investigadas, la ex jefa de servicio de Economía Social de la Delegación Provincial de Málaga M. G. V., la ex secretaria general de la misma delegación I. G. y la ex delegada malagueña de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de la Junta M. R., han dirigido dos escritos al órgano judicial en los que acusan a las fuerzas de seguridad del Estado de actuar al margen de la legalidad vigente. En concreto la última traslada al juzgado en el suyo, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, que «ha tenido conocimiento» de que el equipo de delitos económicos y urbanísticos de la Policía Judicial sevillana ha citado a declarar en calidad de investigada, aunque no detenida, a I. P. A. y que se está convocando como testigos a otras personas a las que se interroga acerca de «unas líneas de investigación, bajo unas advertencias y unas interpretaciones de los hechos y de la actuaciones de los investigados del todo ajenas a este procedimiento» y, supone, al margen también «al control del juez instructor». En cualquier caso, «ignoradas por las defensas», que no han estado presente para poder repreguntar.
«Se puede estar conduciendo en una determinada línea de pensamiento e interpretación de hechos», se asevera en el escrito, «a testigos que justifiquen unos indicios que en la causa no existen» y que, a su vez, «permitan nuevas investigaciones». A juicio de la ex delegada territorial de Economía, «el auto dictado» por Vilaplana en octubre de 2016 en el que se señalaban las diligencias de investigación a practicar «no recoge ni ampara» la declaración como encausados de personas ajenas a las marcadas en él ni las diligencias que se están produciendo, de forma «oculta» a las defensas y de las que han tenido un «conocimiento extraprocesal». Reitera que son actuaciones «absolutamente contrarias» al ordenamiento jurídico y que vulneran el artículo 24 de la Constitución española, así como la interpretación que de él ha hecho el Tribunal Constitucional (TC) en relación a que el derecho de defensa se ejerce también en la fase de instrucción, lo que «de manera evidente se está impidiendo», se recalca. Desde esa postura, Rueda pide al juzgado que «urgentísimamente» se ponga a las partes al tanto de lo actuado, se ordene a la Policía Judicial que suspenda «la toma de declaración como investigados de personas que no tienen atribuido ese carácter en la causa» y que, de producirse, en todo caso, se lleve a cabo en presencia judicial y de los letrados de las defensas.
En la misma línea, M. G. V. e I. G. relatan al instructor en otro escrito, consultado asimismo por este periódico, que saben por la representación procesal de Rueda que se ha citado en sede policial a I. P. A., que ellas identifican como una consultora contratada en 2012, «al margen de la instrucción judicial». A esto suman que han sido llamadas también, no se sabe en calidad de qué, las empresas de consultoría a las que se recurrió en de 2010 y en 2011 ante la Guardia Civil.
«La instrucción judicial no puede descansar de facto ni en la Policía ni en la Agencia Tributaria (aquí no es el caso) como no es infrecuente en las denominadas ‘macrocausas’», se advierte en el texto. Y luego denuncian la «lesión» de su derecho de defensa al «no haber podido ejercitar la contradicción en declaraciones prestadas extra-proceso por las personas citadas». «Igualmente –se añade– queda afectado el principio de inmediación judicial cuanto menos en el control de la pertinencia de las preguntas que por su contenido o tono busquen el denominado éxito policial». En definitiva, intentan frenar la cuestionable labor, a su entender, de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.
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