Vivienda
La Junta crea una tasa de depósito judicial de vehículos y rebaja el gravamen de venta de pisos
Se reducen los plazos de permanencia para bonificar el impuesto de Sucesiones y Donaciones en el Presupuesto de 2020
Se reducen los plazos de permanencia para bonificar el impuesto de Sucesiones y Donaciones en el Presupuesto de 2020
El anteproyecto de Ley del Presupuesto para 2020 contempla diversas novedades en el ámbito fiscal: trae consigo la creación de una tasa por los depósitos judiciales públicos de vehículos de Andalucía, crea un tipo de gravamen reducido del 7% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para un contribuyente genérico que compre un inmueble con valor real de 130.000 euros y vaya a ser su domicilio habitual y modifica el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para reducir los plazos de permanencia exigidos para las reducciones en la base imponible.
El anteproyecto, al que accedió Europa Press, rebaja en 12,12 millones el cálculo del beneficio fiscal para los contribuyentes por las rebajas tributarias, que sitúa en 6.179,25 millones, un descenso relativo del 0,19% respecto a los 6.191,37 millones de beneficio fiscal que estimó el Presupuesto de 2019. El anteproyecto de Presupuesto de 2020 reproduce, bajo el concepto tipo de gravamen reducido para promover una política social de vivienda, las medidas que trajo consigo el Decreto-ley 1/2019, que aprobó el Consejo de Gobierno de 9 de abril y supuso el primer aldabonazo del Gobierno que preside Juanma Moreno en materia fiscal, encaminado a satisfacer las promesas electorales de reducción de impuestos.
El futuro Presupuesto para 2020 aporta, respecto al Decreto-ley1/2019, la ampliación de los supuestos contemplados en abril de este año para la venta de inmuebles, con la incorporación de un tipo reducido del 7% en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para un contribuyente genérico en la compra de un inmueble destinado a vivienda habitual con un valor real de 130.000 euros, así como un tipo de un 1,2% en Actos Jurídicos Documentados del mismo impuesto, esto es, los gastos notariales asociados a la compraventa de la vivienda. Se suma así a las especificidades contempladas hasta ahora, un tipo del 3,5% para una tipología concreta de contribuyentes. Como el Decreto-ley 1/2019, el anteproyecto de Ley del Presupuesto de Andalucía para 2020 regula un tipo del 3,5% de gravamen en el caso de Transmisiones Patrimoniales para los supuestos de compra de inmuebles para menores de 35 años, familias numerosas, y persona con discapacidad con un valor real de la vivienda de 130.000 euros y de 180.000, tope de los dos últimos supuestos. En estos casos, el futuro Presupuesto recoge también un tipo del 0,1% y del 0,3% para la modalidad de Actos Jurídicos Documentados, al igual que hacía el Decreto-ley de abril.
El Informe Económico Financiero del Presupuesto de 2019 describe un beneficio fiscal de 151,8 millones por tipo reducido para transmisiones, tipo reducido para Sociedades de Garantías Recíprocas y tipo reducido para documentos notariales, a los que suma otros 250,9 millones en concepto de beneficios fiscales por decisiones del Estado. La recaudación prevista en el Presupuesto de 2019 por Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados son 1.849 millones, de los cuales 1.321 millones corresponden a la modalidad de Transmisiones Patrimoniales mientras que los 527,9 millones restantes son en concepto de Actos Jurídicos Documentados (documentos notariales, mercantiles y administrativos).
El apartado de las modificaciones tributarias prevé también dentro de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados nuevos tipos impositivos reducidos para las Sociedades de Garantía Recíprocas, aunque condicionados a que estas entidades hagan una «rápida puesta en el mercado de los activos sobre los que se aplican». Las contribuciones impositivas del anteproyecto de 2020 se amplían con la Tasa Fiscal sobre el juego del bingo, que establece con carácter indefinido el tipo reducido del bingo tradicional con el requisito del mantenimiento de la plantilla de trabajadores y que se aprobó con carácter transitorio para los ejercicios 2017-2020. El futuro Presupuesto de 2020 pone de manifiesto que el objetivo de esta medida «es potenciar el bingo tradicional y contribuir al mantenimiento del empleo» en un sector donde describe «el paulatino cierre de salones de juego» de los últimos años. El tipo impositivo para el juego de bingo en las salas de juego será de un 15% para las empresas que «mantengan su plantilla media de trabajadores en relación al año anterior», tipo impositivo del 15% que también reserva el anteproyecto de Presupuestos de 2020 para las salas de juego que abran en 2020 o años siguientes si «las empresas titulares de las salas no cierren ninguna sala abierta en el año en que se produzca la apertura ni durante los cinco años anteriores o posteriores».
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