Desahucio

Los bancos deben 445 millones de pisos que han desahuciado

Los bancos deben 445 millones de pisos que han desahuciado
Los bancos deben 445 millones de pisos que han desahuciadolarazon

La asociación Facua-Consumidores en Acción denunció ayer que la banca y las inmobiliarias adeudan a las comunidades de propietarios cientos de millones por el impago de las cuotas en pisos que han sido objeto de desahucios e inmuebles y están vacíos o en régimen de alquiler. Las entidades financieras, sociedades inmobiliarias y entidades públicas de gestión debían al cierre de 2014 a las comunidades de vecinos 445,13 millones.

Facua advirtió a las comunidades afectadas de que pueden llevar a los bancos y sociedades inmobiliarias morosas a los tribunales sin coste alguno porque las reclamaciones de menos de 2.000 euros pueden presentarse sin abogado ni procurador, y desde el pasado marzo las comunidades están exentas de pagar las tasas judiciales. La asociación señaló que bancos e inmobiliarias se aprovechan de que la morosidad con las comunidades de propietarios es una irregularidad carente de control por parte de las administraciones y que no implica sanciones por parte de éstas, «pese a la mala fe y el abuso con el que actúan». El único riesgo que corren los morosos es que se les lleve a juicio y se vean obligados a abonar exclusivamente las cantidades adeudadas. Ante este hecho, Facua recomendó a las comunidades que aprueben el establecimiento de penalizaciones mensuales por cada cuota impagada para repercutirlas a los propietarios que sean morosos de mala fe, esto es, que no paguen pese a tener capacidad económica para ello. Así, cuando los lleven a juicio, podrán exigirles no sólo el pago de las cuotas pendientes, sino también el de esas penalizaciones, para compensar así los perjuicios causados por los retrasos. Para reclamar las cuotas ordinarias y extraordinarias a los bancos e inmobiliarias morosas, las comunidades no tienen más que interponer una demanda en los juzgados de lo civil en la solo hay que indicar quién es el propietario del inmueble y detallar el número de impagos y las cantidades adeudadas. Previamente a la interposición de la demanda, la comunidad de propietarios debe convocar una reunión en cuyo orden del día incluya la liquidación de la deuda y la autorización al presidente o administrador para reclamarla judicialmente.