Castilla y León

Sáez Aguado se compromete a reforzar la Atención Primaria en Castilla y León

Así lo asegura el consejero de Sanidad en la inauguración de unas jornadas sobre este ámbito en Soria

El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez, junto a Ramón Morena y a Manuel López en unas jornadas en Soria
El consejero de Sanidad, Antonio María Sáez, junto a Ramón Morena y a Manuel López en unas jornadas en Sorialarazon

«Seguiré reforzando la Atención Primaria en el sistema sanitario autonómico». Así lo aseguró el consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, en la inauguración de unas jornadas técnicas sobre este ámbito organizadas por la Sociedad de Directivos de Atención Primaria, la Junta de Castilla y León y la compañía biomédica Pfizer, en la capital soriana. En el acto, el consejero resaltó que en la Región se producen 250.000 hospitalizaciones al año pero hay 19 millones de consultas de Atención Primaria. Por este motivo, estimó que la Consejería en donde debe trabajar más es en donde «están los pacientes». «Estamos dedicando algo más del 16 por ciento del presupuesto sanitario a este ámbito», manifestó.

Por otro lado, aseguró que el Real Decreto de Prescripción Enfermera no tiene desarrollo reglamentario, por lo que no puede aplicarse, y añadió que, desde el punto de vista de la «preocupación por la responsabilidad», el seguro de responsabilidad civil del sistema cubre «toda la actuación de los profesionales de la Enfermería».

El responsable del área de Sanidad trasladó a los profesionales, médicos y enfermeras, que continúen trabajando como hasta la fecha, ya que en la medida que no se apruebe el reglamento del decreto, y por lo tanto, no se produzcan las acreditaciones del protocolo de los profesionales de enfermería, se trabajará mediante acuerdos de equipos compartidos, como hasta la fecha. El nuevo texto establece que será necesario que el médico «haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir» por parte del enfermero. Esta situación impide expresamente cualquier actuación o decisión enfermera relacionada con estos medicamentos cuando esta no vaya acompañada de una prescripción médica realizada de forma oficial: con carácter individual, nominativa para cada paciente y donde se especifique claramente cuál es el acto enfermero objeto de atención.