Barcelona
Archivada la denuncia por sedición contra el Ayuntamiento de San Cugat
El juez José de la Mata ha archivado la denuncia de la Fiscalía contra el Ayuntamiento de San Cugat del Vallés (Barcelona) por haber aprobado una moción de apoyo a la resolución independentista del Parlament al entender que no es más que «posicionamiento político sin consecuencia jurídica».
El juez José de la Mata ha archivado una denuncia de la Fiscalía contra el Ayuntamiento de San Cugat del Vallés (Barcelona) por delitos de rebelión y sedición por haber aprobado una moción de apoyo a la resolución independentista del Parlament catalán, anulada por el Tribunal Constitucional.
El magistrado de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en un auto al entender que la moción denunciada no es más que un "posicionamiento político sin consecuencia jurídica alguna"y la Constitución consagra "la más amplia libertad para la exposición y defensa públicas de cualesquiera concepciones ideológicas, incluyendo las que pretendan para una determinada colectividad la condición de comunidad nacional".
Por ello, le resulta "llamativo"que se considere constitutivo de delito de rebelión o sedición "cualquier acto de apoyo a la resolución parlamentaria por parte de los miembros de la Corporación local y, sin embargo, no se estime lo mismo en relación con los propios parlamentarios que lo aprobaron"ni con las organizaciones de la sociedad civil que han promovido esas mociones de apoyo.
Otro motivo que esgrime el juez para archivar la denuncia es que el pleno de San Cugat aprobó esta moción el pasado 16 de noviembre a iniciativa de CIU, antes de que el pasado 2 de diciembre el Tribunal Constitucional (TC) anulara la resolución independentista del Parlament, "de modo que es obvio que no podrían saber en ese momento cuál sería el pronunciamiento del Alto Tribunal".
Además cuando el TC suspendió el 11 de noviembre la declaración de independencia antes de anularla no hubo un mandato u orden general que impidiera referirse a la misma, opinar, pronunciarse o "eventualmente apoyarla"y, por tanto, "no existía un mandato general a las autoridades y servidores públicos de abstención de opinar o posicionarse ideológicamente".
Recuerda que el Constitucional se limitó entonces a cursar una orden específica a un número determinado de personas, perfectamente identificadas por tratarse de quienes, "probablemente"por las posiciones que ocupaban, tenían la capacidad de impulsar iniciativas para eludir la suspensión, comunicación que no se extendió además a todos los parlamentarios.
Por tanto, el juez cree que la moción denunciada "no pretendía ignorar o eludir la suspensión de la resolución tratando de convertir alguna parte de su contenido en normas, sorteando, eludiendo o ignorando la suspensión acordada, siquiera en la micro esfera municipal"sino que se limitaba a "prestar su pleno apoyo"a esa resolución independentista.
Este archivo corresponde a una de las cinco denuncias que formuló la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra cinco ayuntamientos catalanes por haber aprobado la resolución independentista: Sant Cugat del Vallés (Barcelona), Igualada (Barcelona), Celrà (Girona) y La Seu d'Urgell (Lleida).
Por el momento, sólo han abierto diligencias para investigar estos hechos los jueces de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz y Fernando Andreu con respecto a los Ayuntamientos de Celrà (Girona) y La Seu d'Urgell, respectivamente.
En su denuncia, el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Javier Zaragoza, solicitaba reclamar con urgencia a los ayuntamientos certificación de la resolución adoptada, identidad de los miembros del consistorio que votaron a favor y en contra de la moción, así como otra documentación, y requerir al comisario jefe de los Mossos d'Esquadra para que informe urgentemente sobre estos hechos.
Los jueces Pedraz y Andreu, en sus providencias admitiendo a trámite las denuncias, acordaron pedir a los ayuntamientos algunos documentos, pero no hicieron ninguna mención a la solicitud hecha por la Fiscalía respecto a los Mossos.
Las denuncias de la Fiscalía se basan en la decisión adoptada el pasado 11 de noviembre por el Tribunal Constitucional de suspender la declaración parlamentaria de independencia, "requiriendo a los miembros de la Mesa de la Asamblea Legislativa y a los miembros del Gobierno de la Generalitat para que impidan o paralicen cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada".
Por ello, calificaba de delictiva la "adopción de nuevos acuerdos parlamentarios de la misma naturaleza haciendo caso omiso de la decisión del Tribunal Constitucional, o la realización de actos de ejecución de ese mandato ilegal o de apoyo al mismo por cualquier autoridad, corporación o funcionario público (sea local, provincial o autonómico), o por particulares".
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