Economía

El Juzgado de cláusulas suelo dicta su primera sentencia y anula el tope

El banco había presentado escrito de allanamiento a la pretensiones de los demandantes

En el mes de septiembre se dictarán las primeras sentencias sin «conformidad» previa
En el mes de septiembre se dictarán las primeras sentencias sin «conformidad» previalarazon

El banco había presentado escrito de allanamiento a la pretensiones de los demandantes

La primera sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia 25 bis de Valencia, dedicado a las cláusulas suelo, ha declarado nula por abusiva la fijación del límite mínimo del interés variable que figura en un préstamo hipotecario firmado en 2010.

La resolución condena al banco a eliminar el tope por el que no repercute el descenso de tipo de interés en el cliente y a devolver las cantidades que se hayan cobrado de más por la aplicación de la cláusula desde la suscripción del préstamo, más los intereses, según indica la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

La entidad también deberá recalcular la amortización del préstamo hipotecario, que fue suscrito el 8 de abril de 2010 por los demandantes.

La sentencia, dictada tras un escrito de allanamiento del banco, esto es, su conformidad con las pretensiones de los demandantes, estima la petición de la entidad bancaria y no le impone las costas.

Esta primera resolución llega dos meses después de la constitución del Juzgado que recibe las demandas relativas a litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.

Desde el 1 de junio y hasta el 21 de julio, el Juzgado de Primera Instancia 25 bis ha recibido 1.500 demandas relacionadas con las cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios y gastos de formalización de hipoteca.

El Juzgado especializado de Valencia tiene previsto celebrar las primeras audiencias previas a partir del mes de septiembre, para aquellas causas en las que no haya un allanamiento del banco, por el que acepta las peticiones de los demandantes, como es el caso de la sentencia

El Juzgado de Primera Instancia 25 bis de Valencia recibió en los primeros quince días de funcionamiento 300 demandas por cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses moratorios, gastos de formalización de hipoteca o hipotecas multidivisa.

Son demandas relativas a litigios relacionados con las condiciones generales incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física.