Ministerio de Justicia

La defensa de Blasco alega errores en el auto de la jueza y varias conjeturas

El abogado de Rafael Blasco, Javier Boix, entra en el Tribunal Superior de Justicia, en una imagen de archivo
El abogado de Rafael Blasco, Javier Boix, entra en el Tribunal Superior de Justicia, en una imagen de archivolarazon

La defensa del imputado Rafael Blasco presentó el pasado 24 de mayo un escrito de alegaciones, en el que pone de relieve lo que considera como errores en la instrucción de la jueza, que haría necesario revocar el auto de 17 de mayo por el que se incoa el procedimiento abreviado.

Así, el letrado Javier Boix señala que «no existe la menor referencia fáctica a la posible intervención de mi mandante en concepto alguno, tampoco como inductor, en semejantes supuestas conductas falsarias, a nuestro criterio inexistentes».

Además, explica el letrado que la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia «acordó asumir la competencia en función de los hechos indiciariamente constatados en la exposición razonada del Juzgado de Instrucción número 21, en la que no se recogen «los hechos por los que ahora se le atribuye la posible condición de inductor».

Por lo tanto «se ha incoado procedimiento abreviado a mi mandante por hechos por los que en modo alguno se le tuvo inicialmente por imputado, y por los que naturalmente ni fue preguntado, ni pudo preguntársele, ni pudo plantear la defensa pregunta alguna».

Alegando pues una sentencia del Tribunal Constitucional dice el letrado que «procede la nulidad del auto recurrido, retrotrayendo el procedimiento a la fase instructora a efectos de que mi representado declare por los referidos hechos».

Además, enumera otros documentos no entregados a las partes como traducciones juradas o piezas escaneadas diversas.

Boix también considera incongruente la separación en piezas que ha realizado la jueza, algo contra lo que ya recurrió la asistencia letrada de Blasco y fue rechazado.

Dicen las alegaciones que la separación en dos piezas se realizó mediante providencia «inmotivada» para luego contestar a los recursos con una motivación «incongruente». Y añade que la jueza alude a la jurisprudencia que «exige el mantenimiento de la acumulación de los supuestos de conexidad necesaria».

Dice el letrado que, si se aceptan los delitos enumerados de fraude de subvenciones, tráfico de influencias y malversación» no resulta posible negar la coincidencia o nexo subjetivo, material e incluso de modus operandi...».

Esta división en piezas separadas «resulta la más desfavorable al reo, vulnera la tutela judicial (...) y afecta al derecho de defensa y a los principios de contradicción e igualdad de armas».

En un tono siempre respetuoso con su ilustrísima señoría, se le reprochan «hechos irrelevantes en términos de lógica» y concretamente que «el conocimiento de un miembro de una familia con un tercero en una determinada localidad en la que no es difícil conocerse, suponga estructurar un elemento básico de un delito».

También destacan las alegaciones al auto las distintas declaraciones que se han producido «no practicadas ante su señoría» y en las que no estaba presente la defensa por lo que no había «contradicción».

Concluye que aún no se conoce el interés de Blasco en que Cyes recibiera subvenciones y pone de manifiesto que 33 solicitudes de la misma entidad se denegaron, además de que no se ha producido ningún movimiento extraño del patrimonio del ex conseller, por lo que tilda el auto de «conjeturas».

Por su parte, Rafael Blasco aseguró ayer que tiene intención de mantenerse en el escaño que le «corresponde por decisión de todos los ciudadanos» y que no va a atender a los «políticos que se disfrazan de jueces o fiscales». Eso sí, señaló que no haría daño a su grupo ni a su partido.