Arquitectura

El Patrimonio Histórico sale al mercado

La Comunidad crea una nueva ley que hará el patrimonio compatible con proyectos comerciales

EL HOTEL DE CANALEJAS Y EL MUSEO DE LA ARQUITECTURA, PENDIENTES DE LA NUEVA LEY
EL HOTEL DE CANALEJAS Y EL MUSEO DE LA ARQUITECTURA, PENDIENTES DE LA NUEVA LEYlarazon

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid aprobó ayer el anteproyecto de la nueva ley de patrimonio histórico para su remisión a la Asamblea de Madrid. Un texto con el que, según explicó ayer la consejera de Cultura, Ana Isabel Mariño, se elimina gran parte de las trabas legislativas y burocráticas que «encorsetaban» al Patrimonio Histórico de la Comunidad y que impedían que fuera compatible con proyectos económicos y comerciales que ayuden a reactivarlos y, de paso, contribuyan a su conservación. Tal y como defendió Mariño, la nueva norma acerca el Patrimonio Histórico al ciudadano y lo hace más comercial y rentable, ya que da una mayor participación y capacidad de gestión a los ayuntamientos, elimina duplicidades, agiliza trámites y simplifica la ley, haciéndola más sencilla y «comprensible» para el ciudadano.

De esta manera, el proceso administrativo para declarar Bien de Interés Cultural se acortará de 15 a 9 meses, y se regulará el procedimiento de consulta previa, por el que la Comunidad asesorará a los promotores de los nuevos proyectos económicos para hacerlos compatibles con la protección de los edificios desde el inicio y evitar las múltiples modificaciones y trámites que hasta ahora tenían que afrontar los proyectos, algo que los alargaba y encarecía.

Otra de las simplificaciones que recoge la nueva norma es que los propietarios de edificios situados en entornos protegidos (plazas o calles) ya no tendrán que pedir una autorización administrativa previa para realizar una obra en el interior de sus edificios si no altera el entorno del bien protegido.

Fin de la regla de los 100 años

Entre las novedades de la nueva norma está la eliminación de la protección automática de todos los inmuebles que cumplen 100 años; una protección que se hacía sin criterio artístico, patrimonial y cultural y que a partir de ahora permitirá revisar qué inmuebles «merecen» la protección por su valía, y cuáles no.

No obstante, al mismo tiempo que «liberaliza» el Patrimonio, según pudo saber LA RAZÓN, la nueva ley también garantiza la protección de éste mediante un régimen sancionador más duro. Es decir, a partir de su aprobación, el Patrimonio Histórico madrileño será más accesible y «explotable», pero «atentar» contra él saldrá más caro, tanto que la multas no tendrán límite ya que dependerá del daño realizado y de si se ha sacado beneficio, pudiéndose dar el caso de multas de varios millones de euros. El nuevo régimen sancionador será además «proporcionado», es decir, para cada infracción y en función de su gravedad habrá una sanción específica, no como en la antigua ley, en la que la tipificación de las faltas era muy imprecisa y sólo se catalogaban en leves (60.000 euros) o graves (hasta 1 millón de euros).

El papel de los ayuntamientos

La última de las más notables incorporaciones de la nueva ley será la dotación de una mayor autonomía a los ayuntamientos en la conservación de su patrimonio. Los consistorios ganarán peso en la protección patrimonial, ya que, aunque los bienes BIC y BIP quedarán bajo competencia absoluta de la Comunidad de Madrid, por debajo de estas dos categorías de protección se permitirá a los ayuntamientos establecer un nivel de protección a determinados bienes con valor histórico o cultural, siempre con supervisión última del Gobierno regional.

PROTECCIÓN «BIP», una categoría intermedia

La nueva ley de patrimonio histórico, que llegará en los próximos días a la Asamblea, cuenta con una nueva figura de protección, los Bienes de Interés Patrimonial. Hasta ahora, la ley otorgaba un nivel bajo de protección o la categoría máxima: Bien de Interés Cultural (BIC). A partir de ahora estarán los BIP, que actuarán como un nivel intermedio. Para agilizar la conservación de los bienes protegidos, con la nueva ley la Comunidad deberá contestar en un máximo de dos meses las solicitudes de intervención en cualquier BIC o BIP. En el caso de que no hubiera respuesta, el resultado será negativo para los primeros y positivo para los segundos.