Comunidad de Madrid
El Supremo anula las operaciones por la tarde
Atiende la queja de CC OO porque no se negociaron con los sindicatos. En dos años se han realizado 34.000 intervenciones
Atiende la queja de CC OO porque no se negociaron con los sindicatos. En dos años se han realizado 34.000 intervenciones.
Se conocieron como los pactos de gestión y se firmaron en 2015 por el entonces consejero de Sanidad, Jesús Sánchez Martos (ahora dimitido) y los gerentes de 44 centros hospitalarios, entre los que estan diez de los principales hospitales públicos de la Comunidad. Suponían la apertura de los quirófanos por las tardes del 60% de los hospitales de la región, lo que redujo la elevada lista de espera quirúrgica. Las operaciones de tarde se hicieron una realidad en noviembre de ese año también como parte del acuerdo de investidura que Cristina Cifuentes firmó con Ignacio Aguado para acceder a la Presidencia de la Comunidad. Dos años después, los madrileños esperan cuatro días menos para operarse, y las listas se han reducido en un 33%. Sin embargo, ayer, el Supremo anuló los pactos para las operaciones vespertinas.
Considera el Alto Tribunal que el acuerdo supone una alternación de las condiciones laborales de los trabajadores y que por tanto debía haber sido objeto de negociación colectiva. El fallo llega a raíz de un recurso interpuesto por el sindicato CC OO contra la desestimación de la impugnación de diversos pactos de gestión en hospitales de la Comunidad de Madrid. En concreto, el Supremo anula dos sentencias pevias, una del Contencioso- Administrativo número 24 de Madrid y otra del TSJM, que rechazaron anular estos acuerdos. CC OO impugó los acuerdos que, además de permitir las operaciones quirúrgicas por la tarde, también abrió la posibilidad de hacer pruebas diagnósticas en turno de tarde, así como los fines de semana.
Según el sindicato la medida vulneraba el derecho constitucional de representación sindical y negociación colectiva porque no se trató en la Mesa Sectorial de Sanidad –órgano en el que negocia el Gobierno regional con los representantes sindicales– a pesar de que se trató de una modificación sustancial de las condiciones laborales del personal sanitario.
Los acuerdos ahora anulados son los suscritos en el Ramón y Cajal, en el Clínico San Carlos, el 12 de Octubre, La Paz, el Gregorio Marañón, así como los universitarios de El Escorial, Getafe, Móstoles, Puerta de Hierro, Severo Ochoa y la Unidad Central de Radiodiagnóstico.
El Supremo considera que «para dar sentido a la palabra “pacto” cabe presumir que en su elaboración intervendrían los profesionales de cada Servicio a los efectos de implantar las actuaciones previstas sobre las listas de espera; ahora bien, en la medida en que inciden en las condiciones de trabajo era exigible una negociación a esos efectos y que satisfaga las exigencias deducibles del artículo 28.1 de la Constitución en relación con su artículo 37».
Ni negociación, ni consulta
Pero el Alto Tribunal va mas allá. Constata que los pactos «no se negociaron pero tampoco se consultaron», como exige el Estatuto Marco de los Empleados Públicos, «entendiéndose por consulta recabar un parecer antes de adoptar una decisión».
Desde la Consejería de Sanidad del Gobierno regional, que dirige desde septiembre Enrique Ruiz Escudero, se señaló ayer que los servicios jurídicos regionales están estudiando si el fallo tiene alguna consecuencia sobre la actividad asistencial y puntualizó que la sentencia «no ha versado sobre la idoneidad de los pactos de gestión en sí, que han demostrado su eficacia en la reducción de las listas de espera, sino en si su aplicación debía haber pasado previamente por la negociación colectiva».
Desde Sanidad aclararon que ya se han firmado 119 pactos para cirugías y otros 60 para pruebas diagnósticas para aumentar la actividad con recursos públicos lo que ha permitido llevar a cabo 34.000 intervenciones y casi 450.000 pruebas diagnósticas en tanto en la jornada extraordinaria de las tardes, como durante los fines de semana.
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