Ministerio de Justicia

La Audiencia rechaza apartar a uno de los jueces que resolverá el recurso de Rita Maestre

Ser secretario de una fundación a la que el Ayuntamiento cedió un local no es causa de recusación

Rita Maestre
Rita Maestrelarazon

Ser secretario de una fundación a la que el Ayuntamiento cedió un local no es causa de recusación

La Audiencia de Madrid ha rechazado la recusación presentada por la acción popular en el «caso Rita Maestre», ejercida por el Centro Jurídico Tomás Moro, contra el magistrado Francisco David Cubero, ponente del recurso interpuesto por la defensa de la portavoz del Ayuntamiento de Madrid contra la sentencia que le condenó a pagar una multa de 4.320 por el «asalto» a la capilla de la Universidad Complutense. La decisión, adoptada por la sección 17 de la Audiencia y a la que ha tenido acceso LA RAZÓN, rechaza de plano que existan ni siquiera indicios de que el citado magistrado pudiese tener «relación y/o interés» con Maestre. La recusación se centraba en dos puntos principales: el hecho de que el ponente del recurso es secretario de una fundación de magos solidarios a la que el Ayuntamiento de Madrid le cedió unas instalaciones para la celebración de unas jornadas solidarias, así como una supuesta “falta de imparcialidad” derivada de la “dependencia laboral” de un amigo y colaborador del abogado de la defensa, referido al catedrático de una universidad de Madrid en cuyo departamento el magistrado recusado es profesor asociado.

Sin embargo, la Sala rechaza de plano esos dos motivos. Así, respecto a la colaboración del Ayuntamiento de Madrid con la fundación de la que es secretario patrono el magistrado, la Sala destaca que esa colaboración se ha venido produciendo con independencia del partido político que haya gobernado el Consistorio, «como así se deduce de lo acontecido en los últimos años», por lo que «racionalmnete podemos concluir -afirman los magistrados en su resolución- que dicha colaboración continuará -de resultar procedente-, con independencia que adopte el magistrado» en el recurso del que ha sido designado ponente.

En cuanto a la supuesta “falta de imparcialidad” derivada de esa relación entre el catedrático del departamento del que es profesor asociado y la defensa de Maestre, la Audiencia avala lo expuesto por el recusado, en el sentido de que ignora la “relación de amistad, caso de existir, que pudiera mediar” entre ambos. “Si ello es así, y no tenemos motivo alguno para dudarlo, el riesgo de parcialidad se desvanece», se destaca en el auto de la Sala. Además, y en relación con lo anterior, «el proceso de nombramiento de profesor asociado que describe el magistrado en su informe y la desvinculación que del mismo» tiene el catedrático, «refuerzan» la conclusión anterior.

Por ello, rechaza la recusación de la acción popular, a la que se le imponen las costas del incidente, y Francisco David Cubero será el ponente del recurso contra la condena que impuso un juzgado de lo Penal de Madrid a Rita Maestre.