Comunidad de Madrid
Madrid regula las tarjetas monedero hasta 2028: estos son los requisitos y sus cuantías
Se trata de una ayuda que permite a las familias con menores acceder a alimentación y productos de higiene
La Comunidad de Madrid ofrece numerosas ayudas ligadas a las familias. Y es que ante la delicada situación económica que atraviesan muchas personas, la región mantiene activas diversas políticas que tratan de proteger a ciertos sectores de la ciudadanía.
Una de estas políticas es la conocida como "tarjeta monedero", una ayuda que está dirigida a hogares con al menos un menor a cargo y que se activa a través de los servicios sociales municipales. En este caso, la Comunidad de Madrid ha regularizado su vigencia hasta 2028, por lo que aquellos que cumplan con los requisitos podrán ser beneficiarios.
La resolución 2083/2025, publicada en el BOCM el 6 de mayo de 2025, fija las condiciones de acceso a este programa, diseñado para cubrir alimentos y productos esenciales de higiene en familias vulnerables de la Comunidad de Madrid. En este caso, para poder acceder a la ayuda es necesaria la derivación desde la atención social primaria de cada ayuntamiento o mancomunidad.
¿Qué es la tarjeta monedero?
Se trata de un tipo de tarjeta con la que el ciudadano puede realizar compras tanto en establecimiento como online hasta el límite de lo que haya recargado previamente. También existen las tarjetas prepago virtuales, una opción sin soporte físico en la que se dispone de un número de tarjeta, fecha de caducidad y CVV, diseñadas específicamente para las compras por Internet. Además, si se vincula a una plataforma de pago móvil, el beneficiario puede usarla en comercios tradicionales desde su teléfono.
Requisitos para acceder a la tarjeta monedero
Para poder ser destinatario de este Programa, se deberán reunir los siguientes requisitos:
- Formar parte de una unidad familiar con, al menos, un menor a su cargo.
- Tener 18 años o más, salvo en el caso de menores emancipados.
- Vivir en hogares cuyos ingresos por unidad de consumo sean inferiores al 50,54% de la renta mediana nacional. La tabla oficial toma como referencia una renta mediana de España de 19.307 euros y fija el 48% en 9.267,36 euros anuales por unidad de consumo.
- Estar empadronados todos los miembros de la unidad familiar en algún municipio de la Comunidad de Madrid.
Cuantías de la tarjeta monedero
En caso de ser beneficiario de la tarjeta monedero, las cuantías varían según los miembros de la unidad de convivencia. Para aquellas familias con dos miembros, la cuantía es de 130 euros, 160 euros para tres, 190 euros para cuatro y 220 euros para cinco o más.
Una vez concedida la tarjeta, las familias pueden acceder durante un periodo de 12 meses desde si vigencia a la compra de alimentos y artículos básicos de higiene, quedando excluidas las bebidas alcohólicas, los refrescos con gas o azúcar, los productos dietéticos, la bollería, las chucherías, el agua embotellada salvo excepciones y buena parte de los productos elaborados. La recarga de las tarjetas se realizará automáticamente de forma periódica, pudiéndose acumular el saldo durante los meses de duración, sin superar en ningún caso su periodo de vigencia.
Cómo tramitar la ayuda
Los servicios sociales de atención social primaria de las entidades locales realizarán un diagnóstico de las situaciones de los ciudadanos, una valoración de la idoneidad de su participación en este programa, la comprobación del cumplimiento de los requisitos de acceso al programa y la derivación a la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Comunidad de Madrid, responsable de este programa, así como de la prestación de un servicio de medidas de acompañamiento social a los participantes.
Tras la concesión, la tarjeta se recarga de forma periódica, siendo esta prestación compatible con otras ayudas públicas. La última derivación podrá hacerse hasta el 31 de diciembre de 2027 y ninguna tarjeta podrá utilizarse después del 31 de diciembre de 2028.