Coronavirus

Murcia prohíbe la celebración de velatorios en el territorio regional

Las ceremonias se limitarán estrictamente a los familiares directos, con un máximo de 15 personas

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El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) publica este viernes la Orden de la Consejería de Salud por la que se prohíbe la celebración de velatorios, tanto en instalaciones públicas como privadas, mientras se mantenga la declaración del estado de alarma.

La Consejería recuerda que la evolución de la pandemia por el coronavirus impone la adopción de "medidas extraordinarias" para frenar el incremento de afectados, entre las que se encuentran la prohibición de velatorios o visitas.

Además, recomienda la supresión o postergación de los actos de culto religiosos o ceremonias civiles en relación con el fallecimiento que supongan agregación de personas, tanto en las instalaciones del tanatorio como en el lugar de enterramiento o cremación.

Al mismo tiempo, deja en manos de los familiares del fallecido valorar la posibilidad de retrasar las misas, actos de culto religioso o ceremonias civiles a fechas en que se haya superado el riesgo de transmisión de la infección por COVID-19.

En caso de que el tanatorio disponga de dependencias destinadas a la realización de ceremonias y se decida su celebración, Salud apunta que éstas se limitarán estrictamente a los familiares directos, con un máximo de 15 personas.

Asimismo, habrá que guardar una distancia mínima de dos metros y se evitará dar la paz mediante el estrechamiento de manos, besos o cualquier otra manifestación de condolencia que implique el contacto físico.

Tampoco podrán formarse filas de pésame ni permanecer en el exterior de la dependencia de la ceremonia, y se restringirá la comitiva para enterramiento o despedida exclusivamente a los familiares más cercanos.

En las puertas de la dependencia se deberán habilitar dispositivos para el lavado de manos de todos los asistentes, tanto antes como después de la celebración del acto, que tendrá “la duración mínima necesaria e imprescindible”, según señala la Orden.