Opinión
Prejuicios de género
Hace ya catorce años que el Consejo General del Poder Judicial informó lo que luego fue la ley de violencia contra la mujer. Advirtió que esa ley se basaba en un prejuicio: presumía que toda agresión de un hombre contra una mujer respondía a cómo desde el feminismo radical y la ideología de género se concibe la relación entre un hombre y una mujer.
Expresamente señaló el Consejo que la ley respondía a los postulados de del llamado «Derecho penal de autor», a «la jurisprudencia del sentimiento», voluntarista, con predominio no tanto de lo normativo como de lo que se ha denominado «el sano sentir del pueblo». Y añadía que esas concepciones son propias de la Escuela de Kiel, luego incompatibles con la Constitución, afirmación que se basaba en lo que en ese momento era la doctrina del Tribunal Constitucional.
La referencia a la Escuela de Kiel no era una mera referencia pedante ni erudita: era y es algo más. Si se mentaba era para advertir que se gestaba –y se aprobó– una ley que se acercaba peligrosamente a los postulados penales del nacionalsocialismo, del sistema penal hitleriano. El caso es que esa norma fue avalada por el Tribunal Constitucional, lo que no evitó la discrepancia de algunos de sus miembros que advertían de la seria e inquietante contaminación que padecía la ley.
Catorce años después está por hacer una evaluación de los frutos de tal semilla legal, no tanto sobre la eficacia de sus medidas preventivas y de tutela, sino sobre algo más comprometido: si al responder tal norma a unos prejuicios ideológicos, ha pacificado, ha enderezado el maltrato hacia la mujer, si la violencia persiste o aumenta o cuáles son las consecuencias de centrarse en la violencia sobre la mujer silenciado algo más complejo: la violencia en el ámbito doméstico, luego por extensión hacia hombres, menores y ancianos.
Dos hechos recientes muestran que persiste el empecinamiento por ver el problema desde el reduccionista prejuicio ideológico del feminismo radical. Uno ha sido la reacción a la sentencia de la Manada. No insistiré en algo ya de sobra comentado, reacción en la que se advertía no sólo un pretexto del radicalismo por demostrar su capacidad de acosar y desacreditar a la Justicia, sino su empeño por imponer mediante la coacción su agenda ideológica; y ya comenté la imprudencia del anterior ministro de Justicia –¡conservador!– al subirse al carro del discurso radical.
La novedad al cabo de los meses es que desde la actual mayoría dirigente se apuesta por introducir la «visión de género» no sólo para los delitos contra la libertad sexual sino como criterio interpretativo general. O dicho de otra forma: que los tribunales deban aplicar las normas desde los postulados próximos la denostada Escuela de Kiel: como se presume que el hombre actúa por una concreta motivación, queda sujeto a una reacción penal especialmente agravada y una mujer a otra especialmente atenuada.
El segundo hecho ha sido la reacción a la condena de Juana Rivas. No comentaré la sentencia ni repasaré la torpe estrategia seguida no tanto por la señora Rivas como por sus asesoras y que acabó en esa sentencia condenatoria: basta estar a que fue empleada como pretexto para otro arreón que implante en la Justicia penal el postulado radical de la ideología de género: como el hombre por principio es culpable –violencia sobre la mujer– si quien delinque es la mujer y la víctima un hombre, la mujer debe ser considerada inocente más allá de la lógica presunción de inocencia.
Que esto lo protagonicen radicales en busca de pretextos para hacerse presente –mujeres, taxistas o inmigrantes– no es novedoso. Lo grave es que tenga defensores en la propia Judicatura, como la Asociación de Mujeres Juezas de España. Su crítica a la condena de Juana Rivas es censurable por ideológica, no si fuese jurídica –algo que siempre será legítimo–, crítica que aboga por aplicar las leyes desde esa perspectiva de género.
Y calándose las gafas ideológicas no menos censurable es que se apoye en una interpretación forzada e interesada de recientes sentencias del Tribunal Supremo, leyendo en ellas pronunciamientos ajenos a sus postulados: esto es ya de dudosa profesionalidad.
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