Enrique López
Jueces y corrupción
El Grupo de Estados contra la Corrupción (Greco), dependiente del Consejo de Europa, ha hecho público un informe en el que critica de forma contundente a España por no atender sus recomendaciones para fortalecer la independencia judicial, y tal crítica se hace con dureza por no garantizar la independencia del Consejo General del Poder Judicial. Esta institución recuerda al Estado español que «las autoridades políticas no deben intervenir en ninguna de las etapas del proceso de designación de los magistrados» y destaca que el Gobierno no ha analizado como se le exigió el resultado en este sentido de la reforma de 2013, que mantuvo la elección de los jueces por el Congreso; en tal sentido creen que dicho requisito no se cumple por ser los miembros del CGPJ, que son los que eligen a la cúpula judicial, seleccionados a su vez por los miembros del Parlamento. El informe pone énfasis en la reforma de 2013, que no fue afortunada, sin lugar a dudas, pero se olvida de que desde 1985 hasta 2001 el sistema que rigió fue el de designación libre y directa por las Cámaras, mientras que cuando menos este último tiene un mínimo filtro judicial, al ser las propias asociaciones y los mismos jueces los que pueden proponer candidatos. Somos muchos los que nos hemos decantado por volver al sistema original de 1980, o como mal menor regresar al Pacto de Estado de 2001, y que sean los jueces los principales protagonistas de la elección de doce de los miembros del CGPJ. Pero lo que llama la atención, y constituye un craso error, así como una visión absolutamente desenfocada de nuestra práctica judicial, es vincular el sistema de nombramientos de los altos cargos judiciales al tratamiento judicial de la corrupción; el mensaje es injusto, torticero y demoledor, amén de una barbaridad. Con este tipo de informes, y con recusaciones a jueces como las que yo he padecido, se está lanzando a la sociedad una preocupación falsa y nada acorde a la realidad; a su vez se genera una gran desconfianza en los ciudadanos, los cuales perciben en función del tipo de nombramiento un previo escoramiento de los tribunales a favor de un partido político u otro, según resulten afectados. En España, los jueces han juzgado la corrupción política, empresarial, sindical, etc. con absoluta independencia siempre, y ello al margen de cómo se conforme el CGPJ. Hemos sido muchos los que hemos alzado la voz contra el sistema legal de nombramientos de Vocales del CGPJ, y esencialmente en el peor momento, el modelo impuesto en 1985, pero en nuestra mente nunca pasaba como posibilidad que uno u otro modelo afectaran en definitiva a los enjuiciamientos de los delitos de corrupción. No podemos aceptar esta suerte de consecuencia, y lo que se debe hacer es reconocer la plena independencia de nuestros jueces, porque si no se hace ni desde el propio sistema de justicia, ¿quién lo va hacer? Por contra, el propio GRECO, en febrero de 2016 decía que España había aplicado de forma satisfactoria 11 de las 15 recomendaciones del propio organismo. Algo se estará haciendo bien.
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