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Benedicto XVI

Armonización necesaria

La Razón
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Hace unos días el Papa Francisco manifestaba en una de sus homilías que no se debía tener miedo a la reforma de las estructuras de la Iglesia, ya que forman parte de lo mudable y accidental de la Iglesia que ha de adaptarse por necesidad a los tiempos y a los lugares, tratando de adecuarlas a su invariable fin primordial que es espiritual: llevar la salvación y el mensaje de Cristo a todas las gentes.

Esto es lo que, de forma decidida, con clara determinación y «voluntad política» se diría en el lenguaje al uso en el ámbito civil, ha empezado a llevar a cabo, siguiendo lo iniciado por Benedicto XVI, el Papa Bergoglio en algunas de las estructuras que conforman la Curia Romana o Santa Sede y el Estado de la Ciudad del Vaticano que le da cobertura territorial y representatividad internacional.

Este Estado en su configuración actual, surgido tras los Pactos Lateraneneses de 1929 con el Estado italiano ha venido manteniendo desde entonces el sistema jurídico, civil y penal de Italia que adoptó sin más, con la convicción de que era suficiente para regular las relaciones de derecho consuetudinario dentro de un peculiar territorio cuya razón de ser radica en el apoyo a la misión espiritual e independencia del sucesor de Pedro.

Pero este sistema había quedado obsoleto en un mundo globalizado como el actual y ayer, el Papa Francisco, mediante un motu proprio, puso al día y armonizó la legislación penal del Estado Vaticano y del personal de él dependiente con una serie de convenciones internacionales, entre las que se encuentran, entre otras, las que tratan de la eliminación de todas las formas de discriminación racial y sobre los derechos del niño, que ahora se introducen en la legislación vaticana y se endurecen las penas a ellos referidos, entre otras, por ejemplo, contra los delitos contra los menores, así como las referidas a la lucha contra la corrupción, delitos financieros, etc., lo que evita que el territorio vaticano pueda convertirse en un terreno franco, al margen de la legislación internacional.

Este cambio legislativo, que supone un reforzamiento del estatus internacional de la Santa Sede hoy más necesario que nunca y por eso ha de ser elogiado, se refiere al Estado vaticano y no a la Iglesia universal, ya que en los ámbitos penales civiles sus fieles y ministros se rigen al igual que el resto de los ciudadanos por lo que establecen las respectivas legislaciones de los países en los que está implantada.