Tribunales

Absuelta de asesinato la mujer que tiró a sus hijos por la ventana en Recas (Toledo)

Condena a la procesada a seis años de internamiento en un centro de deshabituación y a dos años de prisión por un delito de maltrato habitual. También se le priva de la patria potestad durante tres años.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo ha absuelto a M.T.R.S, la madre acusada de arrojar a sus dos hijos por la ventana en la localidad toledana de Recas en abril de 2015, del delito de asesinato en grado de tentativa al estimar que en el momento de ejecución de los hechos presentaba un estado de intoxicación por consumo de drogas. No obstante, le ha impuesto la medida de seguridad consistente en el internamiento en centro de deshabituación por tiempo de seis años.

Así reza en la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que recoge Europa Press, en la que también se condena a la procesada como autora penal y civilmente responsable de un delito de maltrato habitual a dos años de prisión, y a la privación para el ejercicio de la patria potestad de su hija Y.R.R. durante tres años. También se le priva del derecho a la tenencia y porte de armas durante tres años.

De igual modo, deberá indemnizar a sus tres hijos. Así, a D.M.R. -de 16 meses de edad cuando ocurrieron los hechos- le tendrá que indemnizar la cantidad de 550 euros por las lesiones causadas, tras arrojarlo por la ventana, y en 10.000 euros por los daños morales sufridos. A S.C.R. -de 10 años de edad y que también fue arrojada- en la cantidad de 1.720 euros por las lesiones causadas y en 10.000 euros por los daños morales sufridos; y a Y.R.R. en la cantidad de 10.000 euros por los daños morales sufridos, al considerar el tribunal que fue sometida a un delito de maltrato habitual.

Hechos probados

La Sala Segunda de la Audiencia toledana ha declarado como hechos probados que M.T.R.S., sobre las 20.15 horas del día 20 de abril de 2015, se encontraba junto a sus hijos D.M.R. de 16 meses de edad y S.C.R. de 10 años, en el domicilio familiar sito en la localidad de Recas, cuando, a consecuencia del trastorno psicótico por el consumo de sustancias psicotrópicas (Cannabis), comenzó a tener ideas delirantes, que ya se habían manifestado en días anteriores provocando una conducta alterada y desconfiada.

En concreto, el día de los hechos dio lugar a que escuchara voces que le decían que tirara a los niños por la ventana, y con el torso desnudo y mientras leía el Coran y decía "el moro me ha dicho que la tire por la ventana", con el propósito de quitarles la vida, tiró por la ventana desde una altura de 3,329 metros a su hijo y posteriormente cogió del cuello a su hija y la arrojó también, saliendo después la propia investigada al quicio de la ventana quedándose colgada hasta que en un momento dado cayó al suelo.

A consecuencia de estos hechos, el bebé de 16 meses de edad sufrió heridas consistentes en traumatismo craneoencefálico y traumatismo en miembro inferior derecho que precisaron para su sanidad de una única asistencia facultativa consistente en observación hospitalaria, analgésicos y antiinflamatorios y tardaron en curar siete días de curación, de ellos dos hospitalarios y cinco impeditivos para su actividad.

Mientras, la niña de 10 años sufrió lesiones consistentes en politraumatismo (hematoma y erosiones en pómulo, periocular y en párpado izquierdos, contusión en cresta ilíaca con erosiones y hematoma) y gonalgia izquierda, que precisaron para su sanidad de tratamiento médico consistentes en sueroterapia y antiinflamatorios y que tardaron en curar 25 días, de ellos siete hospitalarios, 10 impeditivos y el resto no impeditivos.

La investigada, en el momento de los hechos, presentaba un episodio psicótico agudo derivado del consumo de tóxicos y en ese momento tenía una anulación total de sus capacidades volitivas e intelectivas para comprender y entender la ilicitud de los hechos y de actuar conforme a esa comprensión.

Dos meses antes de los hechos, aproximadamente, la acusada visitaba a la psicóloga de la ONG Mensajeros de la Paz, de la que era voluntaria, puesto que estaba teniendo un comportamiento nervioso, histérico y desconfiado que estaba repercutiendo en la relación con sus hijos. Antes de los hechos del día 20 de abril, la investigada con ánimo de causar menoscabo físico en su otra hija Y.T.R.R., de 13 años de edad., y sin que conste que sufriera trastorno psiquiátrico de ningún tipo, le golpeaba de manera habitual con paraguas, cinturones, un plumero, el palo de una escoba y la agarraba del pelo, sin que la menor acudiera nunca al médico por estos hechos y teniendo cicatrices en la pierna por los golpes con el cinturón y también otras cicatrices por los golpes dados con el plumero. Por auto de 23 de abril de 2015 se acordó la prisión provisional comunicada y sin fianza de la investigada.