Tribunales
Absuelto el youtuber de «caranchoa» porque la palabra no está en la RAE
La Audiencia de Alicante considera que la expresión proferida por el querellado "no tiene la gravedad suficiente para ser constitutiva de infracción penal"
La Audiencia de Alicante considera que la expresión proferida por el querellado "no tiene la gravedad suficiente para ser constitutiva de infracción penal"
La Audiencia de Alicante ha exculpado al 'youtuber' Sergio Soler, conocido como 'Mr Granbomba', por las injurias graves que le atribuía el repartidor al que llamó "caranchoa", entre otras razones, porque esa expresión no figura ni siquiera en el diccionario de la Real Academia Española (RAE).
Así consta en un auto de la sección primera de esta institución, que revoca el procesamiento dictado contra Soler por otra juez de resultas de la querella que le interpuso el trabajador, Ricardo Osorio.
La resolución, de la que es ponente la magistrada Ana Hoyos, estima el recurso de apelación del youtuber y decreta el sobreseimiento libre de las actuaciones, pues la expresión proferida por el querellado "no tiene la gravedad suficiente para ser constitutiva de infracción penal".
"No tiene la entidad de ser graduada como injuria grave, a tenor de lo dispuesto en el artículo 208 del Código Penal, siendo un término inexistente en el diccionario de la Real Academia de la Lengua", precisa el fallo.
'Mr. Granbomba' , que se dedicaba a la grabación de bromas con cámara oculta que luego subía a su canal de Youtube, abordó en diciembre de 2016 en una calle de Alicante a un repartidor de paquetería y le llamó "caranchoa"mientras le preguntaba por una dirección.
El mensajero, Ricardo Osorio, abofeteó al bromista, un delito leve de lesiones por el que un juez le impuso 30 euros de multa, y el vídeo de esa escena se hizo rápidamente viral en las redes sociales.
El repartidor se querelló con posterioridad contra el agredido por un delito de injurias graves con publicidad.
La titular del Juzgado de Instrucción 9 de Alicante, María Luisa Carrascosa, admitió a trámite la querella, procesó a Soler y le abrió juicio oral el pasado mes de mayo en un auto por el que le impuso una fianza de medio millón de euros.
Esa decisión, sin embargo, ha quedado sin efecto por el auto revocatorio de la Audiencia Provincial de Alicante, que no considera delictiva la actuación del youtuber e insta al querellante a acudir a la vía civil.
El abogado del mensajero, Carlos Frígola, ha informado hoy a Efe de que piensa solicitar la aclaración de este auto porque considera que los hechos "no pueden quedar impunes penalmente".
El letrado asegura que la resolución "deja sin pronunciamiento muchas cuestiones relevantes"de la querella y no descarta incluso pedir el amparo del Tribunal Constitucional.
Efe
✕
Accede a tu cuenta para comentar