Caso Marta del Castillo

Cinco informes forenses ratifican la inocencia del preso que ha denunciado al Supremo

Villafañe estuvo en huelga de hambre durante 47 días y perdió más de 20 kilos
Villafañe estuvo en huelga de hambre durante 47 días y perdió más de 20 kiloslarazon

David Villafañe fue condenado a 17 años de prisión por asesinato en 1995 de Marta C. y dos años y seis meses por un delito de estafa continuado en grado de tentativa. El caso ha estado envuelto en polémica desde los inicios. La primera autopsia, de 25 de octubre de 1995, concluía que la muerte se produjo de forma natural, accidental, siendo la causa de la muerte un cuadro asfíctico por oclusión intrínseca de la glotis. Toxicología confirmó que no había sustancias tóxicas en su cuerpo y detectaron un problema en el corazón de la víctima. Una segunda autopsia, realizada el 29 de noviembre y que fue la clave para la condena, reveló que la joven, de 17 años, había muerto asfixiada por sofocación y que ésta debe ser considerada de etilogía homicida. Sin embargo, un informe pericial del doctor Francisco Etxeverria con fecha 29 de enero de 1996, que valoraba los análisis realizados hasta el momento, explicaba que "no es imposible considerar que la muerte guarde relación con un cuadro de crisis alérgica en el contexto de una muerte natural. Con posterioridad, los forenses responsables de la segunda autopsia realizaron una ampliación de su informe y descartaron que la víctima sufriera un proceso asmático, porque no encajaba con el historial clínico de la joven, desmontando así las conclusiones de Etxevarria. En abril de 1996, la profesora María Castellano realiza otro informe en el que apunta a la asfixia por sofocación o, dicho de otra forma, mediante la obstrucción de las vías respiratorias de manera que el aire y, por tanto, el oxígeno no llega a la sangre. En cambio, descarta que dicha sofocación se realizara mediante una superficie blanda y apunta a una conjunción de varios factores (broncoconstricción e hipoxia desencadenadas por una crisis asmática, unidas a la producción de vómito y edema pulmonar). Tras este informe, los autores de la segunda autopsia ratifican sus resultados el 13 de junio de 1996, al no existir evidencia de una enfermedad bronquial-pulmonar de ningún tipo en la víctima.

En este punto, después de dos autopsias y dos informes forenses, la causa de la muerte no está claramente definida, ya que, sólo la segunda autopsia defiende la asfixia mecánica con un objeto blando. Por ello, el abogado de David Villafañe solicita un nuevo informe al doctor Vicente Herrero, que desmonta punto por punto las tesis de la segunda autopsia y afirma que la muerte se produjo de forma natural, por una enfermedad coronaria vírica, que provocó el vómito en el que la joven murió ahogada. Este informe fue la base del recurso de revisión presentado por el maigustrado Ignacio Gordillo ante el Supremo el pasado mes de diciembre y que fue rechazado, a pesar de que el artículo 4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal avala la revisión en el caso de que después de haberse dictado una sentencia firme, se conocen hechos o situaciones que eran desconocidas para el sentenciador y que evidencian la inocencia del condenado. Esto no significa que deba asbsolverse al culpable, sino que existen pruebas que evidencian su inocencia.

La querella criminal pro prevaricación contra los tres magistrados del Supremo que se negaron a aceptar este recurso fue acompañada de otro informe de otro reconocido forense, Luis Frontela, que explica que la conclusión de la primer autopsia fue acertada al indicar que la muerte se produjo de manera natural y que Toxicología ya detectó la causa de ese fallecimiento, al señalar la existencia de una miocarditis. Además, argumenta los errores de los demás informes con pruebas cuentíficas y, cuando menos, pone en evidencia los indicios que fueron utilizados para concluir que la muerte se produjo por sofocación y que se utilizó un material blando.

La sentencia da como hechos probados que David Villafañe conoció a la víctima en 1995 y comenzaron una relación sentimental, aunque David ocultó su identidad y dijo llamarse Jorge y que era hijo de un acaudalado hombre de negocios madrileño. En septiembre, David convence a los padres de Marta para que le den la emancipación para que pudiera trabajar en una de las inexistentes empresas de su padre, siendo su propósito la firma de varias pólizas de seguros de vida en las que él figuraba como único beneficiario en caso de muerte de la joven. A finales de octubre, tras suscribir tres pólizas por valor de 50 millones de pesetas, David asfixia hasta la muerte a Marta y es detenido cuando intenta cobrar las pólizas. A pesar de que todo indica la culpabilidad del acusado, la principal prueba en su contra ha sido puesta en entredicho en varias ocasiones, que indican que lo que se juzgó como un asesinato ya no es un crimen sino una muerte natural. Villafañe ha defendido su inocencia desde un primer momento, ha hecho dos huelgas de hambre en protesta por su situación (una de ellas le llevó al borde de la muerte y sólo fue suspendida por orden judicial tras 47 días de ayuno) y, a pesar de tener derecho a solicitar la libertad condicional al haber cumplido ya 15 de los 17 años de condena, no lo ha hecho porque ello significaría la aceptación de que la sentencia es justa.