Tribunales
Condenado a 17 años de cárcel por matar a un vecino porque su perra ladraba
El acusado utilizó una pistola artesanal, clasificada como prohibida y preparada para disparar cartuchos del calibre 36.
El acusado utilizó una pistola artesanal, clasificada como prohibida y preparada para disparar cartuchos del calibre 36.
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a 17 años de prisión por delitos de homicidio, tenencia ilícita de armas y homicidio en grado de tentativa a un hombre que mató en 2014 en El Ejido (Almería) a su vecino de cortijo durante una discusión iniciada por los ladridos de la perra de la víctima.
La Sección Tercera ha impuesto al acusado, J.G.M., de 64 años, 10 años de prisión por el delito de homicidio, un año más por tenencia ilícita de armas y otros seis años por el homicidio en grado de tentativa, además de una multa de un mes, a razón de tres euros al día, por una falta de lesiones, después de que éste mostrase su conformidad con la petición de la fiscal.
La sentencia ha sido dictada en sala y se ha declarado su firmeza después de que las tres acusaciones particulares y la defensa hayan anunciado que no la recurrirán, después del acuerdo alcanzado con el Ministerio Público, que ha rebajado su petición inicial de 22 años de cárcel por dichos delitos.
De esta forma, J.G.M. ha reconocido que sobre las 21:45 horas del 17 de marzo de 2014 inició una discusión con su vecino de cortijo, A.V.H., en la Cañada Cortés de El Ejido debido a los ladridos que profería la perra de éste último.
Durante dicha riña el acusado utilizó una pistola artesanal, clasificada como prohibida y preparada para disparar cartuchos del calibre 36, para efectuar un disparo contra A.V.H. que impactó en el brazo izquierdo de la víctima, quien interpuso dicha extremidad a modo de defensa.
El agredido se dirigió entonces a su cochera para protegerse pero J.G.M. lo siguió.
Mientras esto ocurría, la pareja sentimental de la víctima, S.I.P.M. intentó detener al acusado para que no efectuase un segundo disparo, si bien éste le propinó un golpe en la nuca con el arma que portaba.
Finalmente, J.G.M. alcanzó a A.V.H. y realizó un nuevo disparo que impactó en el pecho de éste a la altura del corazón, herida que afectó a varios órganos toraco-adbominales y que por su trayectoria fue la que provocó la muerte posterior del agredido en el Hospital de Poniente de El Ejido.
Cinco minutos más tarde se personó en el lugar F.A.F.F., quien fue alertado de lo ocurrido y se había desplazado en un vehículo junto a un amigo para auxiliar a la víctima y trasladarla al hospital.
Así, F.A.F.F., su amigo, y S.I.P.M procedieron a introducir al herido en el automóvil pero cuando iba a cogerlo de nuevo para trasladarlo a dependencias hospitalarias fue alcanzado por varios proyectiles disparados por el acusado que le causaron múltiples heridas puntiformes con metal.
Además, una docena de proyectiles alcanzaron el vehículo, que sufrió daños tasados en 540,12 euros.
Tras lo ocurrido, S.I.P.M. fue atendida por heridas de carácter leve y sufrió ansiedad, mientras que F.A.F.F. precisó de antibióticos y analgésicos, le fueron retirados parte de los perdigones y precisó de 95 días para curarse, viéndose afectado por una crisis de ansiedad y en la actualidad por un trastorno por estrés postraumático.
Los magistrados han impuesto al acusado, además de las penas de prisión, el pago de indemnizaciones por un total de 34.100 euros a F.A.F.F. por las lesiones, las secuelas y el daño moral causado; de 540,12 euros al padre de éste y propietario del vehículo por los daños del automóvil de 40.600 euros por las lesiones y el daño moral causado a S.I.P.M., y de 60.000 euros a la hija del fallecido; además de diversas órdenes de alejamiento.
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