Caso Bretón
Condenados unos padres a tres meses de cárcel por permitir el absentismo escolar de su hijo
La magistrada-juez del juzgado de lo Penal número once de Valencia ha condenado a unos padres a tres meses de prisión --pena que se sustituirá por el mismo periodo de trabajos en beneficio de la comunidad-- por permitir el absentismo escolar de su hijo, menor de edad. Así consta en una sentencia del juzgado donde se considera probado que los padres --ambos con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia--, como progenitores del menor “y faltando a las obligaciones inherentes al ejercicio de la patria potestad y sin que mediara justificación alguna--”, dejaron de llevar a su hijo al colegio, en la localidad de Sagunto-Puerto, durante el curso escolar 2011/2012, en el que estuvo hasta 185 días sin asistir a clase.
En este caso, acusación --Ayuntamiento de Sagunto-- y defensa solicitaron en el juicio que se dictase una sentencia de conformidad con el escrito de acusación con pena de mayor gravedad, de acuerdo con lo previsto en la Ley. Así, la juez, al no exceder esta pena solicitada de seis años, ha dictado sentencia “de estricta conformidad” con la aceptada por las partes. Por ello, condena a los padres como autores de un delito de abandono de familia tipificado en el artículo 226.1 del Código Penal, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad, a tres meses de prisión que se sustituirán por el mismo periodo de trabajo en beneficio de la comunidad, y al abono de las costas.
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