Accidente de tráfico
En carreteras autonómicas, como máximo a 90
Mañana entra en vigor la modificación que baja de 100 a 90km/ hora la velocidad máxima en estas vías
Si coge el coche mañana deberá levantar el pie del acelerador en las carreteras convencionales. La velocidad máxima en estas vías pasará de 100 km/h a 90 km/h, según la última modificación del Reglamento General de Circulación. Hoy mismo los directores generales de Carreteras, Javier Herrero; y de Tráfico, Pere Navarro, han cambiado la última señal que limita a 100 km/h la velocidad en vías convencionales por la de 90 km/h, que ha tenido lugar en el punto kilométrico 44,120 de la N-6, en Madrid.
El fin principal de este cambio es reducir la siniestralidad vial y cumplir el objetivo establecido en la estrategia de Seguridad Vial 2011-2020 de bajar de 37 la tasa de fallecidos en accidente de tráfico por millón de habitantes. En 2017, la tasa fue de 39. En concreto, supone la desaparición de los diferentes límites de velocidad genéricos establecidos, 90 y 100 km/h para turismos y motocicletas, en función de si la vía disponía o no de metro y medio de arcén practicable, reduciéndolo a una limitación general de 90 km/h.
Los límites de velocidad que ahora se modifican se fijaron a principios de los años 80 del siglo pasado, cuando la red viaria española no tenía casi kilómetros de vías de alta capacidad, situación completamente distinta a la actual. Además, esta iniciativa supone reducir la diferencia de velocidad entre vehículos de transporte de viajeros y mercancías respecto de los turismos.
Los países de la Unión Europea con menores tasas de fallecidos por millón de habitantes en accidente de tráfico tienen, según datos del Ministerio de Interior, un diferencial de límite de velocidad entre vehículos ligeros y pesados, en carreteras convencionales, que oscila entre 0 y 10 km/h. Según diferentes estudios, los vehículos que circulan a velocidades dispares de la media de la vía, como pueden ser los camiones en relación a turismos y motocicletas, son más susceptibles de provocar un accidente, con una probabilidad seis veces mayor que si estos vehículos circularan a la media del resto de vehículos. Además, velocidades de circulación más homogéneas favorecen la fluidez del tráfico.
Con este cambio normativo se uniformiza la velocidad de los camiones en carreteras a 80 km/h, límite que es común en la gran mayoría de los países de la Unión Europea.
En el caso de los autobuses, la limitación genérica de velocidad es de 90 km/h debido a la baja siniestralidad continuada de este tipo de vehículos, que en el caso de España tiene un ratio d fallecidos/tipo de vehículo (autobús) un 40% menor con respecto al ratio total de la UE. Pese a esta velocidad, el artículo 48 establece una nueva excepción a aquellos autobuses que no tienen cinturón de seguridad, ya que éstos no podrán circular a más de 80 km/h.
La bajada de velocidad es una de las medidas estrella del director general de Tráfico, Pere Navarro, y del ministro del Interior, Fernando Grtande-Marlaska. Durante los más de seis meses del Ejecutivo socialista, ambos se han mostrado en numerosas ocasiones a favor de rebajar la velocidad en este tipo de carreteras, donde tienen lugar en torno al 75% de los accidentes con víctimas. Además, la velocidad inadecuada es la causa principal en el 20% de los casos. En 2018 fallecieron 877 personas en estas carreteras.
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