Caso Bretón
La Justicia obliga a una mujer a permitir que sus exsuegros puedan visitar a sus nietos
Una mujer deberá permitir que sus exsuegros puedan visitar a los nietos, a lo que hasta ahora se había opuesto, por decidirlo así una sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia que considera que esos encuentros periódicos son beneficiosos para los niños, de 8 y 4 años de edad.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima así el recurso que la madre de los pequeños presentó contra la resolución de un Juzgado de Molina de Segura que aprobó en parte la demanda planteada por los abuelos y estableció un régimen de visitas que a partir de julio pasado se llevarían a cabo los domingos alternos desde las 11:00 horas hasta las 20:00 horas.
El Juzgado establecía también que los niños serían recogidos por los demandantes en el domicilio donde conviven con la madre, lugar al que tenían que ser reintegrados a la finalización de la visita.
En su apelación ante la Audiencia, la demandada expuso que las relaciones entre las familias paterna y materna eran malas, hasta el punto de que los menores habían sido testigos del intento de agresión de un cuñado y de la abuela hacia ella.
Al desestimar el recurso, la Audiencia Provincial señala que no existe justa causa para impedir ese contacto entre los abuelos y sus nietos y que estos últimos no tienen por qué sufrir las consecuencias de las desavenencias que existen entre los primeros y la madre, su exnuera.
El tribunal añade que los demandantes tienen derecho a ver a los niños, y añade que la denuncia referida por la apelante no la presentó contra los abuelos, sino contra un tío paterno de aquéllos.
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