Almería

Prisión para un militar que pintó una nariz de payaso en una foto de un superior

Un cabo de la Armada vecino de Cartagena (Murcia) deberá cumplir penas que suman ocho meses y un día de prisión por manipular en el ordenador una fotografía de su cabo primero -también condenado-, a la que añadió una nariz de payaso y unos atributos femeninos en la ingle. Así se recoge en una sentencia del Tribunal Supremo (TS), a la que ha tenido acceso Efe, que confirma la que dictó un tribunal militar, que impuso al primero una condena de tres meses y un día de prisión por un delito de insulto a superior en la modalidad de injurias y cinco meses por un delito de maltrato de obra.

Por su parte, el cabo primero, vecino de Cádiz, fue condenado a tres meses y un día de prisión por un delito de abuso de autoridad, por haber cogido al cabo del brazo y empujado para que saliera de la sala a la que había vuelto tras haberle sido prohibido estar en ella a raíz de estos incidentes. El tribunal militar, en la sentencia que ahora se ve confirmada por el TS, recogió como hechos probados que estos se produjeron el 24 de mayo de 2009 en el destacamento naval de la isla de Alborán (Almería), en el que ambos estaban comisionados.

El cabo, cuando estaba en horas de ocio en la sala de internet, procedió a manipular la fotografía de su superior con un programa informático instalado en uno de los ordenadores, añadiendo a la imagen la nariz y unos órganos sexuales femeninos, además de añadir la expresión "payaso e inútil". La fotografía así manipulada "fue vista por los miembros del destacamento, a excepción del capitán-jefe del mismo, y fue copiada por el cabo en diversas carpetas del ordenador".

El cabo primero, al tener conocimiento de lo ocurrido y considerarse humillado, puso los hechos en conocimiento del brigada, que ordenó a su autor que procediera a borrar lo que había hecho, además de prohibirle que volviera a utilizar la sala. Pasado un rato, el cabo primero observó que el otro protagonista de los incidentes, pese a aquella prohibición, había vuelto al lugar, por lo que lo cogió del brazo y lo empujó hacia la puerta de salida, "iniciándose entonces un forcejeo entre ambos en el umbral, en el que el primero impedía la entrada en la estancia al otro y este intentaba entrar".

A su vuelta a Cádiz tras esta comisión de servicios, el cabo primero fue reconocido por el médico forense, que fijó el tiempo total de recuperación de las lesiones sufridas en el altercado en 150 días. Por su parte, el cabo, reconocido por el médico forense en Cartagena, sufrió lesiones que sanaron a los diez días. El Alto Tribunal, al desestimar el recurso presentado por ambos, confirma las penas de prisión que les fueron impuestas, así como la obligación del cabo de indemnizar al cabo primero con 6.271 euros por las heridas, mientras que este deberá pagar al otro 313 euros por el mismo motivo.