Caso Juana Rivas
La defensa pedirá el indulto para evitar su entrada en prisión
También estudia un posible recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por el posible quebranto a la tutela judicial efectiva
La defensa de Juana Rivas, vecina de Maracena (Granada) a la que el Tribunal Supremo ha condenado a dos años y medio de prisión por sustracción de menores, ha avanzado que agotará todas las vías legales, incluida la petición de indulto, para evitar su encarcelamiento y la pérdida de la patria potestad de sus hijos. El abogado Carlos Aránguez, que asumió la defensa de Rivas ante el alto tribunal, ha informado este martes a Efe de que pretenden continuar con la “batalla jurídica” porque la rebaja por parte del Supremo a la mitad de la pena de cárcel a la que fue condenada inicialmente su representada no evitaría su entrada en prisión.
El letrado, que ha valorado que este tribunal haya unificado doctrina y revisado la aplicación delictiva, ha considerado que en el caso de Rivas se dan a su juicio todos los requisitos para eliminar la pena de prisión impuesta y la pérdida de la patria potestad sobre sus hijos mediante la petición de un indulto. En este sentido, ha recordado que la mujer carece de antecedentes penales, que el delito al que ha sido condenada “no es cruento ni violento”, que estuvo movida por la comprensible intención de proteger a sus hijos frente a un “maltratador” y que cuenta con una vida estructurada con indicadores sociofamiliares favorables.
Además de la medida de gracia del indulto, la defensa también estudia un posible recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por el posible quebranto a la tutela judicial efectiva que supondría que se haya castigado antes la no entrega por parte de Rivas de los menores a su expareja que la denuncia de maltrato que ella presentó previamente contra Francesco Arcuri. También cabría, ha continuado Aránguez, la vía internacional a través de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en caso de que no prosperaran las actuaciones promovidas en España.
El abogado ha recordado igualmente que en Italia siguen todavía abiertos algunos procedimientos contra Arcuri y que estos podrían conllevar una revisión de la condena a Rivas en España a través de un recurso extraordinario.
Los hechos tuvieron lugar en el verano de 2017, cuando la madre permaneció un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre con el argumento de protegerlos frente a él, el italiano Francesco Arcuri, quien en 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en 2016.Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada.
La Audiencia de Granada y el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada apreciaron que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial.
Ahora el Tribunal Supremo ha manifestado que, aunque el artículo 225 bis del Código Penal siempre se refiere al “menor”, en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, de ahí que finalmente la haya condenado por un solo delito a la pena de dos años y seis meses de prisión.
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