Farmacia
Atención farmacéutica domiciliaria. ¿Por qué y para qué?
El Gobierno de la Comunidad de Madrid inició, hace ya algo más de un año, un proceso de trabajo interno de anteproyecto de Ley de Farmacia para su tramitación en la Asamblea de Madrid.
El Gobierno de la Comunidad de Madrid inició, hace ya algo más de un año, un proceso de trabajo interno de anteproyecto de Ley de Farmacia para su tramitación en la Asamblea de Madrid.
La ley hoy vigente data de 1998 y, obviamente la demanda social, los cambios normativos producidos en estos años y las nuevas tecnologías aplicadas al sector sanitario, entre otras razones, conducen a la necesidad de abordar un profundo cambio de la norma actual para ajustarla a las nuevas exigencias sociales y asistenciales, de planificación de los Servicios y Establecimientos Sanitarios y de garantías, derechos y obligaciones tanto de pacientes como de profesionales.
La esperanza de vida en España es hoy una realidad irrefutable.
Los pacientes crónicos, polimedicados y las situaciones de vulnerabilidad sanitaria son hoy una realidad irrefu-table. La población dependiente domiciliaria es hoy una realidad irrefutable.
La decisión libre del paciente a elegir su hogar, en lugar de un centro residencial, es hoy irrefutable.
Estas situaciones irrefutables son reales y requieren de soluciones en el ámbito de la dependencia y en el de la Sanidad. Los medios que han de amparar, proteger y proporcionar los recursos más adecuados a la población son, de un lado, la actualización de normas que se ajusten a la realidad social, que garanticen a su vez los servicios, su ordenación, funciones y atención asistencial a los pacientes en situación de vulnerabilidad; de otro, la toma en consideración por los gobiernos de la necesidad de dotar de recursos económicos al Sistema para hacerlo más eficiente desde la cooperación –gobiernos, instituciones y profesionales– para mejorar las necesidades de estos pacientes.
Una sociedad moderna no concibe hoy, mucho menos en algo tan sensible como es la salud de los ciudadanos, por ejemplo, que se pretenda confundirles con mensajes sesgados, interesados y falsos, generando un clima de enfrentamiento cuando este no existe en la vida cotidiana de los profesionales.
Hablar hoy de una Sanidad parcelada, acotada a funciones exclusivas de una sola profesión (como se ha vivido estos días en los medios de comunicación por parte de los profesionales de Enfermería) es caminar en sentido contrario a lo que debe exigirse hoy, es decir, cooperación, participación y colaboración en equipos multidisciplinares. Esta respuesta de cooperación es la que espera cualquier ciudadano de la intervención de los profesionales en una Sanidad integral e integradora, respetando eso sí, las competencias y la formación adquirida por los distintos profesionales.
Si las premisas expuestas anteriormente de mayor esperanza de vida; de cronicidad en las personas además de su consideración como paciente polimedicado (más de cuatro medicamentos prescritos a un paciente); de dependencia domiciliaria y en algunos o muchos casos sin ninguna estructura sanitaria próxima a su domicilio, excepto la farmacia (zonas rurales), estaremos de acuerdo que, respetando el consentimiento del paciente y respetando igualmente la normativa de cada profesional, funciones y competencias, el sentido común nos hace pensar que a los poderes públicos les corresponde diseñar el marco normativo y utilizar todos los recursos disponibles dirigiendo, ordenando y planificando los programas específicos a emprender, sus requisitos y funciones de cada profesional para que los pacientes dependientes domiciliarios reciban la atención que requieren sin desplazamientos innece-sarios. La atención farmacéutica domiciliaria se ha de centrar en pacientes vulnerables por razón de su edad, de circunstancias psicofísicas o limitativas de su movilidad, o de otros factores o condicionantes que en ocasiones se ven agudizados por su vida en soledad o de dependencia.
Cuestiones como la revisión, organización y seguimiento del botiquín casero y la retirada de productos a Sigre; la preparación de SPD (sistema de dosificación personalizado); el seguimiento farmacoterapéutico; la adherencia a los tratamientos, o sus incumplimientos; la prevención de reacciones adversas favorecidas por la polimedicación o los tratamientos de procesos agudos, deben conducir a los poderes públicos a tomar decisiones estratégicas dirigidas a un uso racional del medicamento y a un mejor control del gasto público en unos recursos que todos sabemos son limitados.
La expectativa de vida y la decisión personal de los ciudadanos de vivir en su domicilio son decisiones que se ven amparadas, e incluso recomendadas, por el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas y del Comité Económico y Social que defienden el derecho de las personas mayores a elegir libremente vivir en su domicilio en lugar de ingresar en una Residencia.
Con esta iniciativa de dotar a la sociedad madrileña de unos servicios proporcionados por aquellos profesionales que además tienen mayor accesibilidad, se pretende dar respuesta a familiares, tutores o cuidadores de pacientes, colaborando con las estructuras del sistema de salud y potenciando la cooperación entre profesionales en beneficio de los pacientes.
Toda esta labor de servicio y acceso a personas con vulnerabilidad para lograr mejor bienestar social, se debe complementar con sistemas de comunicación entre los profesionales, en definitiva entre los servicios y establecimientos sanitarios. Y esto le compete a la autoridad sanitaria que ha de dotar de sistemas y recursos para que el trabajo de los profesionales sea eficiente para el Sistema de Salud y sobre todo para los ciudadanos con mayor vulnerabilidad sanitaria.
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