Pilar Pérez
López Arribas gana la batalla final en el Colegio de Médicos de Madrid
La Justicia da la razón a la ex presidenta del Icomem frente a las querellas que presentó la facción díscola de su junta y queda demostrado que nunca hubo prevaricación ni malversación de fondos
La Justicia da la razón a la ex presidenta del Icomem frente a las querellas que presentó la facción díscola de su junta y queda demostrado que nunca hubo prevaricación ni malversación de fondos
La Justicia, nuevamente, avala la intachable gestión de Sonia López Arribas como presidenta del Ilustre Colegio de Médicos de Madrid (Icomem) entre 2012 y 2016, en una dura pugna por la independencia de la corporación. En una querella interpuesta contra la entonces presidenta por Ana Sánchez Atrio y Emilio Villa Alcázar, ya ex vicepresidenta y ex secretario respectivamente, entre otros miembros de la junta, la Audiencia Provincial de Madrid ha revocado hasta en dos ocasiones la acusación de presunta prevaricación por negarse a firmar numerosos pagos no incluidos en el presupuesto –ni aprobados por la asamblea de la corporación–, tales como los de una agencia de comunicación que el resto de la junta contrató a un coste cercano al triple de los honorarios del periodista que venía realizando ese papel, o el de un asesor económico-financiero contratado por ellos sin concurso previo, a pesar de que ya existía un asesor económico y una empresa auditora contratados por el colegio, por poner sólo dos ejemplos.
Ahora, la Audiencia Provincial, en una resolución poco común en Derecho, ha sobreseído directamente la causa contra López Arribas, produciendo su archivo y evitando la celebración del juicio oral. Los miembros de la ex junta directiva ya no podrán recurrir el auto de sobreseimiento provisional, al que ha tenido acceso A TU SALUD, pues no deja posibilidad de recurso.
El auto de la Audiencia Provincial rechaza que exista indicio alguno del delito de prevaricación, en coherencia con los argumentos expresados en el recurso de apelación elaborado por María Fernanda de Lorenzo y José María Álvarez, abogados de López Arribas, y en paralelo al informe de la Fiscalía, que también había propuesto archivar la causa: los colegios tienen una doble naturaleza, pública y privada, pero sólo los actos de la vertiente pública pueden ser constitutivos de un delito penal de prevaricación. Y los pagos fuera de presupuesto y contratos de servicios, en todo caso, pertenecerían al ámbito privado, no al público, de la institución.
Además, la Audiencia argumenta que los pagos que la entonces presidenta López Arribas se negaba a firmar tampoco pueden ser objeto de prevaricación, ya que no constituyen una «resolución» suya, sino órdenes de pago ya decididas por el resto de la junta, y que además éstos rubricaron para hacerlos efectivos, por lo que la presidenta no tomó partido en ellos.
Tomar las riendas
Todas estas continuas batallas judiciales no minaron la voluntad de la ex presidenta del Icomem, en cuya vocación estaba el servicio a la corporación y los intereses de sus colegiados e impedir que otros «tomaran» las riendas del colegio. Cabe recordar que el primer superávit del mismo se produjo bajo su mandato, un millón de euros, gracias a la gestión del entonces director general, Antonio Mora. Hecho que también la llevó a los tribunales, junto a otros como revelación de secretos –por el intercambio de correos (desde direcciones particulares) con Antonio Mora, Joaquín Ruiz Escagedo– y cuyos resultados también corrieron la misma suerte: sobreseimiento.
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