Tribunales

Anulan en Burgos 16 contratos con un interés de hasta el 3000% TAE

El Juzgado de Primera Instancia considera que es una práctica de usura

Audiencia Provincial de Burgos, donde se han juzgado los hechos
Audiencia Provincial de Burgos, donde se han juzgado los hechoslarazonLa Razón

El Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Burgos ha anulado los 16 contratos de crédito que un cliente de esta ciudad había solicitado a la entidad Dineo Crédito por considerar que es una práctica de usura.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe a través del demandante, condena a la entidad no solo a anular los contratos suscritos con el cliente, sino también a devolver 1.999,84 euros por los intereses abusivos aplicados y a pagar las costas del proceso.

El cliente había ido encadenando un contrato con otro en 16 ocasiones para pagar el crédito anterior, con solicitudes de préstamo de entre 200 y 500 euros con una media de intereses del 3.750 por ciento. En su defensa, Dineo Crédito alegaba que varias entidades de microcréditos habían constituido una asociación denominada AEMIP, y pedía que los juzgados tomen como referencia la media de interés de los créditos de las empresas de esta asociación.

Sin embargo, en la sentencia se indica que “con estos datos, tan acreditados como indiscutidos, pocas dudas pueden plantearse en relación al carácter incuestionablemente usurario de los contratos”.

También se reconoce que “por la sencillez y facilidad de comprensión de los términos de las cláusulas contractuales, en particular las relativas a los tipos de interés, si podrían superar el doble control de incorporación y transparencia”, aunque la sentencia concluye que “lo que es de todo punto incuestionable es que la fijación de un interés tan extremadamente elevado convierte en usurario el contrato”.

Multidivisas de Barclays

Todas las hipotecas multidivisas comercializadas por Barclays durante la anterior crisis financiera y que heredó CaixaBank han sido consideradas abusivas y por tanto nulas por falta de transparencia, según el fallo de la sentencia colectiva que ha ganado ASUFIN a la entidad. Además, en un planteamiento novedoso en las colectivas, la magistrada del Juzgado de lo Mercantil 3 de Barcelona, establece que el banco queda obligado a recalcular el préstamo en euros y devolver las cantidades pagadas de más de oficio, sin tener el afectado que emprender un pleito individual ni personarse en la oficina bancaria.

Las hipotecas multidivisas se comercializaron antes de la crisis financiera con el reclamo de que, suscritas en divisa débil en aquel momento, yen o franco suizo, sobre todo, iban a resultar más baratas. El problema llegó cuando estas divisas se apreciaron con respecto al euro y el afectado tenía que hacer frente a cuotas considerablemente superiores, además de ver su deuda aumentada, el segundo efecto perverso. Según estimaciones periciales de ASUFIN, se han suscrito 1.450 millones de euros en divisa foránea con un perjuicio individual de 60.000 euros de media.