Santiago Muñoz Machado: «Un lenguaje oscuro es un lenguaje corrupto»
Santiago Muñoz Machado / Jurista y Académido de la RAE.. Ha dirigido el «Diccionario jurídico», la primera obra de estas características en español
Los números preceden a esta obra: 1.700 páginas, cerca de 30.000 entradas y un equipo compuesto por 200 juristas que, durante dos años, se han dedicado a su elaboración. El «Diccionario jurídico español» (Espasa), dirigido por Santiago Muñoz Machado, llega para aclarar y renovar el léxico procedente del Derecho y cumplir con la antigua deuda de la Real Academia Española de ver realizado un trabajo de esta envergadura.
–¿Por qué ahora un diccionario jurídico?
–Este diccionario es distinto a los demás. Se han hecho muchos diccionarios jurídicos a lo largo de la Historia. Hay, incluso, uno de Nebrija. Pero siempre han sido obras enciclopédicas, diccionarios enciclopédicos. Me refiero al tratamiento de los vocablos. Yo he editado una docena. Pero no ha habido en la tradición española un diccionario de la lengua jurídica. Es una novedad, porque está hecho con la misma metodología y criterios lexicográficos con los que se hacen los diccionarios de la lengua y, en especial, el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE). Incluso, es un diccionario que se separa del DRAE para recuperar los criterios que usó la Academia en el Diccionario de Autoridades, porque no se limita a definir las palabras sino que añade después una explicación sobre el uso y la procedencia del concepto con apoyo en la legislación, la jurisprudencia y en los autores. No se trata de una diccionario más, sino que es un diccionario de la lengua jurídica que no teníamos.
–¿Era una deuda pendiente?
–La Academia se lo debía a sí misma. En el prólogo del Diccionario de Autoridades ya se decía que al terminar éste se empezarían otros, como el de las artes liberales y mecánicas. En las liberales estaba el Derecho. Todos los académicos tenían conocimientos jurídicos y eran miembros de consejos. Estaban tan cerca del Derecho como de la literatura. Entre la reedición del Diccionario de Autoridades y otros problemas, no se hizo. Valera decía que había que traer las palabras especializadas al diccionario cuando estaban en el uso común. Y el lenguaje jurídico es de uso común, no es extraordinariamente especializado. La manera de hablar de los juristas es la común. Los juristas hablan como cualquier persona. Su especialización radica en el uso de frases y locuciones. Este diccionario no se hizo, pero el DRAE tiene miles de palabras procedentes del Derecho. A pesar de la renovación, estas palabras procedían de ediciones primitivas y tenían que ponerse al día. Uno de los motivos de esta obra es que revisa el vocabulario jurídico para confirmarlo o cambiarlo, y otro es que no es sólo un diccionario de derecho, sino de la lengua, porque la parte lingüística pesa tanto como la jurídica. Los juristas y el Consejo General del Poder Judicial están preocupados por la certeza y la claridad de las palabras. Esa preocupación es por asegurar que el lenguaje de las sentencias y las leyes sean asequibles a los ciudadanos. Para que eso suceda, lo primero que tiene que haber es un consenso sobre la significación de las palabras. El diccionario es una primera fase por la lucha de la claridad y la exactitud de las leyes, los tribunales y los juristas. De esta manera, los ciudadanos pueden comprender las leyes, porque un estado de derecho se constituye en las normas, que prescriben las conductas.
–¿Se puede corromper el lenguaje jurídico?
–La corrupción es todo lo que tergiversa y priva de su limpieza original. Se puede hablar de la corrupción del lenguaje para referirse a un lenguaje mal usado. Un lenguaje oscuro es un lenguaje corrupto. Devolver a la palabra su significación exacta es un deber. Se dice que el lenguaje jurídico es oscuro, corrompido, pero se afirma con exageración. Suelo afirmar que muchas veces no es que un concepto jurídico sea difícil de entender, sino que se explica mal. Su dificultad deriva de cómo se cuenta. Esto hay que tratar de arreglarlo. Siempre ha habido una preocupación por esta clarificación. En este sentido, el diccionario hará una contribución importante.
–¿El poder tergiversa o puede manipular este léxico?
–El lenguaje jurídico abarca toda las manifestaciones de la vida política y social. Ahora se está explicando si la Constitución debe ser cambiada parcial o totalmente, pero eso no es una cuestión de vocabulario sólo sino una cuestión de concepto, de si se comprende bien o no la Constitución. Si se entiende que algunas de sus prescripciones no sirven, están dejándose de ser aplicadas por algunos o si algunas de las pretensiones de los grupos independentistas son incompatibles con la Constitución, porque algunos las intentan compatibilizar aún. Ahí no están implicadas las palabras, sino que es una cuestión de ideas, de manipulación de las ideas, más que de las palabras, aunque no sean del todo separables. Nos encontramos ahora que se pretende que algunas veces las palabras tengan contenidos que no tienen y significantes que no alcanzan. En particular el debate sobre la Constitución es muy confuso. Hay quien habla de ella de sus déficits y quiebras y de la necesidad de reformarla, pero no ya sin criterio o sin estudio, sino sin saber explicar lo que ve en ella de caduco y lo que hay que cambiar. Ahí fallan las ideas y con ellas el lenguaje que las aporta.
–Se ha cambiado el significado de «imputado».
–A veces, la gente dulcifica o agravia los conceptos punitivos dependiendo de a quien se aplique. Nosotros lo ponemos claro y por más que se trate de tergiversar, es lo que el diccionario dice. La palabra «imputado» se ha cambiado a «investigado», porque no tiene una carga negativa, pero tardará poco en tenerla, ya que las palabras tienen vida propia. El uso les da connotaciones inevitables por más que se traten de depurar. El sentido negativo de «imputado» pasará a «investigado» necesariamente. Si la situación que se trata de describir es reprobada por la sociedad, como es subir la escalerilla de la Audiencia Nacional, la palabra tendrá esa carga negativa, porque se usará en ese sentido.
–¿El independentismo retuerce el lenguaje jurídico?
–Lamentablemente, en la Constitución ya hay muchas palabras que han cambiado de significado y a las que se ha dado en la práctica una significación, un contenido, que no tenían originalmente. Un ejemplo: «exclusivo». Es un concepto capital en la Constitución. Ningún título ni ninguna parte de Constitución de cualquier constitución que reparta atribuciones entre el poder central y el territorial puede prescindir de la palabra «exclusivo», que quiere decir que tal atribución pertenece a uno con exclusión de los demás. Pues al Tribunal Constitucional se le ocurrió dictar una primera sentencia que ha creado doctrina y según la cual, cuando una competencia es exclusiva del Estado y los estatutos dicen que también lo es de las Comunidades Autónomas, en vez de concluir que es nulo, porque no puede ser exclusiva dos veces, pues el Tribunal Constitucional dijo, asombrosamente, que dos competencias que están configuradas como exclusivas están llamadas a ser concurrentes. Transformó la «exclusividad» en «concurrencia». Convirtió la «exclusividad» en un poder que se ejerce en colaboración y eso ha destrozado un concepto central de la constitución. Así podríamos hablar de otros conceptos jurídicos que se han oscurecido en la práctica. Eran diáfanos, transparentes, y en el desarrollo y aplicación de la Constitución se podrían haber aclarado más, pero no se han ido aclarando y, por eso, se han hecho más difíciles de aplicar. Ahora tenemos un centenar de conceptos en la Constitución sobre cuyo significado se puede discutir.
– ¿Esto puede aumentar la inestabilidad política?
–Puede contribuir a la inestabilidad. Por ejemplo, si se deduce de la Constitución y del Estatuto de Cataluña que la forma Constitución más Estatuto que articula la presencia de Cataluña en España está agotada y que la alternativa es la independencia, es un interpretación de la Constitución y el Estatuto equivocada. La fórmula Constitución y Estatuto da más de sí. En un libro mío, «Vieja y nueva Constitución», explico que el tipo de independencia que está programando Cataluña conduce a una confederación con España, no a la segregación, porque pretenden mantener un consejo ibérico o consejo común. El Estatuto de autonomía no llega tan lejos, pero puede progresar mucho. El no entender bien las cosas y proclamar que las instituciones ya no dan más de sí, sin entenderlas bien ni haberlas analizado de manera correcta, tiende a justificar indebidamente movimientos que no tienen justificación desde el punto de vista técnico, de las palabras. Otra cosa es que la política haya conducido allí por otras razones.
–Los cambios políticos siempre traen cambios en el léxico jurídico. Tras la Transición, ¿este vocabulario se ha renovado mucho?
–En España está entrando un torrente de palabras nuevas procedentes de la economía, del derecho norteamericano, de internet, de la regulación europea... Pero un diccionario no puede prescindir de las palabras anteriores. Esta es una obra diacrónica, porque recoge los vocablos para leer desde las leyes fundamentales del movimiento hasta las leyes de Partidas de Alfonso X el Sabio y el código de derecho canónico.
–¿Se ha renovado mucho?
–El lenguaje, por lo general cambia muy lentamente. Quizá, el derecho está sometido a una renovación más intensa por razones económicas o por la globalización... En este momento estamos en una revolución de las palabras. Está cambiando mucho el lenguaje. Pero en el diccionario pueden encontrarse estas palabras nuevas. Donde esta innovación es más patente es en materia de la naturaleza, en la legislación del patrimonio y, sobre todo, en las telecomunicaciones. En estos ámbitos se está produciendo una revolución. Después en dominios más institucionales, como la Comunidad Europea. Ahora hemos incorporado locuciones que vienen de la Unión Europea, como es «confianza legítima», que sabíamos lo que era y que se ha convertido en un concepto central en la aplicación del derecho.