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La Justicia confirma que los interinos deben ganar su plaza por oposición, no por antigüedad

La Audiencia Nacional rechaza que los interinos de larga duración queden eximidos de opositar y avala el acuerdo firmado con los sindicatos CSIF, CC OO y UGT

La Audiencia Nacional argumenta que los interinos no tienen garantizado su puesto de trabajo
La Audiencia Nacional argumenta que los interinos no tienen garantizado su puesto de trabajolarazon

La Audiencia Nacional rechaza que los interinos de larga duración queden eximidos de opositar y avala el acuerdo firmado con los sindicatos CSIF, CC OO y UGT.

La sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado un recurso de la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL) en el que reclamaba que los interinos de larga duración no tuvieran que someterse a una oposición para conseguir plaza fija. También solicitaba la nulidad del acuerdo para la mejora del empleo público firmado en 2017 por los tres sindicatos mayoritarios CSIF con el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, para reducir la temporalidad en el empleo público.

ANIL denunció que el acuerdo discriminaba al personal interino de larga duración en la Administración, al imponerle superar una fase de oposición para convertirse en funcionarios de carrera, y negaba a Hacienda la legitimación para cerrar el acuerdo en nombre del Gobierno porque no había pasado por la Intervención General del Estado. En su recurso, la asociación solicitaba un concurso específico de méritos para los interinos afectados y que las plazas del personal indefinido no fijo no se incluyeran en las ofertas públicas de empleo, para que pudieran mantener su puesto.

Pero el fallo judicial confirma que el acuerdo no tiene carácter normativo, ni tiene carácter presupuestario, por lo que no requiere publicación ni informe de la Intervención General del Estado. “Su carácter vinculante depende de que finalmente sea asumido por las Cortes Generales”, sostiene.

Pero los jueces van más allá, y establecen que el personal interino solo tiene el derecho a permanecer en su puesto de trabajo mientras no sea cubierto por un funcionario de carrera, por lo que no tiene garantizado un tiempo determinado de permanencia. Por ello, considera que la pretensión de ANIL de que el personal interino de larga duración quede eximido de opositar no tiene base jurídicapues, tanto la jurisprudencia del Constitucional como del Tribunal Supremo, avalan “la preferencia por el sistema selectivo de oposición y el rechazo a las oposiciones restringidas”. La Audiencia tampoco ve apoyo legal para el personal laboral indefinido no fijo, por las mismas circunstancias.

CSIF, a través de un comunicado, señala que la solución para acabar con la alta tasa de temporalidad en las Administraciones Públicas pasa precisamente “por el desarrollo urgente de los acuerdos de estabilización en el empleo firmados con el Gobierno en 2017 y 2018”. La tasa de temporalidad en el empleo público de España alcanza casi el 28,2%, dos puntos por encima de la del sector privado (25,9%).