Hacienda

¿Los regalos de Navidad y las cestas tributan a Hacienda?

Las cestas de Navidad son consideradas retribuciones en especie

Regalos de Navidad
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 Recibir regalos con la llegada de Papá Noel la noche del 24 de diciembre o los Reyes Magos el 6 de enero es una tradición que se repite año tras año en Navidad. Sin embargo, esta no es la única, ya que diferentes costumbres forman parte de esta época del año. Por ejemplo, las empresas suelen repartir a sus trabajadores y clientes una cesta de Navidad llena de productos típicos en gesto de agradecimiento por su esfuerzo. Pero, ¿se tiene que tributar por la cesta? ¿Y si nos regalan dinero en Navidad? Desde el blog de la entidad bancaria Bankinter ayudan a resolver estas dudas.

Las cestas de Navidad que reciben los trabajadores de parte de su empresa tributan, ya que son consideradas retribuciones en especie, es decir, un rendimiento más del trabajo que no es dinerario. "Por tanto, los trabajadores deberán tributar por la cesta de Navidad y la empresa deberá practicar el correspondiente ingreso a cuenta", explica la entidad financiera. Esta es una alternativa a la que recurren cada vez más empresas para atraer y retener talento, para mejorar la imagen de marca o incluso para conseguir mejorar la productividad de los empleados. En este sentido, el 78% de las empresas dispone de un sistema de retribución flexible o en especie, según desprende el “VII Estudio sobre la Situación de las Pensiones en España” realizado por KPMG a más de 500 empresas.

Así, el valor de la cesta de Navidad tendrá que estar reflejado en la nómina, así como la retención oportuna en el certificado de retenciones de cara a a la declaración de la Renta.

¿Qué ocurre con los regalos de Navidad?

Recibir dinero como regalo de Navidad es algo común en muchas familias en nuestro país. "Si te regalan por Navidad una cantidad muy elevada de dinero debes tener en cuenta que, a nivel de tributación, estaríamos hablando de una donación y, por lo tanto, se debe tributar por el Impuesto sobre Donaciones en la comunidad autónoma en donde resida", asevera la entidad financiera. Por tanto, si se recibe dinero en Navidad, una persona tendrá un plazo de 30 días desde que se recibió dicha cuantía para informarlo mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Aunque la autoridad tributaria señala que es esencial que se declare la totalidad del dinero recibido como regalo en la época navideña, desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) explican que Hacienda no comprueba pequeños regalos dinerarios o en especie. Sin embargo, "si el regalo es de consideración importante o un dinero elevado podrá exigir que se pague por el Impuesto sobre Donaciones”.